Re: Rellenando el Modelo 720
Hola
Este es el primer año que voy a presentar el modelo 720. Si lo he entendido bien, sólo deberé volverlo a presentar en el momento en que (a 31/12 o durante el último trimestre) el capital depositado en el extranjero supere en más de 20.000 euros el que declare este año, o bien cuando venza alguno de los depósitos o cierre alguna cuenta.
Si lo anterior es correcto, cuando se dé cualquiera de esos casos, supongo que únicamente deberé incluir en el modelo del año que corresponda los nuevos depósitos contratados y/o los que hayan vencido, ¿verdad?
Ojalá pronto deje de ser obligatorio presentar este modelo...
Gracias / Saludos