Hola, la verdad es que no me expresé muy bien, pero lo has entendido correctamente. Quizá es absurda, pero ayer trateando por la web, alguien escribió que, tras declarar la extinción de cuentas varias, el saldo era mayor que lo declarado elaño anterior. Y al parecer no había abierto ninguna cuenta nueva. Me pareció un sinsentido, por supuesto, pero es que este modelo, y quizá debido a la enormidad de las sanciones, tiene muchas lagunas de contenido por una parte; y por otra, provoca dudas y recelos a los contribuyentes.
La normativa por la que se rige, el 42 bis,( para cuentas), no está muy explicitada, y por las consultas vinculantes a las que he podido acceder, las respuestas de Hacienda son a veces endiabladamente sibilinas.
Supongo que Hacienda será cauta a la hora de sancionar, teniendo a la CE tras ella, pero lo cierto es que el modelo sigue ahí, y si hay que presentarlo, se debe presentar, en forma, tiempo y con el consiguiente desgaste emocional que provoca. Supongo que terminará por acatar la decisión de Bruselas.Pero hasta esa fecha, tenemos al 720, tocándonos las narices.
Un saludo