Tienes razón xavier, pero técnicamente el cliente, abre primero una cuenta corriente que firma y acepta en sus condiciones y después se constituye el depósito.
por otra parte no solo es comodidad del banco, hay infinidad de clientes que no recuerdan el día exacto, ni incluso el mes, del vencimiento de su depósito...¿que se hace cuando vence el dinero? ¿mandárselo por correo?...se deposita en la cuenta hasta que el cliente vuelva a por el dinero o se le llame.
según en que condiciones es una comodidad para el banco, y también para el cliente, por otra parte si no hubiera esa cuenta como te pagaría el banco los intereses...¿mediante transferencia a otra cuenta de otro banco? seguramente te cobrarían la transferencia y sería peor.
pero en el fondo del asunto, si un cliente solo quiere un producto, y otro accesorio es necesario, no se debería cobrar por el...pero claro...todo depende.
en estos casos concretos, yo opino que no se debería cobrar, al fin y al cabo el cliente no realiza ninguna operación, ni quiere realizar ninguna otra transacción, pero creo que contablemente es necesario, ya que si por ejemplo un plazo vence el 10 de noviembre, y el cliente, por la razon x (enfermedad o fallecimiento) no se presenta hasta el 15 de enero...¿donde se contabilizaría ese dinero?...siempre sería un pasivo para el banco, y un activo para el cliente, ya sabes, una cuenta se compensa con otra.
pero vamos, creo que es una cutrez cobrar por eso, pero la banca siempre lo ha hecho.