Bélgica con certificado residencia española retiene el 0%.
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https://www.raisin.es/impuestos/= Casilla 27 de la renta "Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general":
1- BRUTO TOTAL: "Ingresos íntegros": En el borrador ya viene el bruto de IBAN español. Hay que sumarle el bruto de IBAN extranjero, retenga o no e incluyendo las promos de Raisin.
2- RETENCIONES ESPAÑOLAS: "Retenciones": Ya vienen las retenciones de IBAN españolas y no se añade nada.
= Casilla 588 de la renta "Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero": Aparece vacía.
1- BRUTO EXTRANJERO que haya sufrido retención: "Rentas incluidas en la base del ahorro". "Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro": Aquí se colocan los intereses brutos de IBAN extranjero pero sólo de los que hayan sufrido retención. Por ejemplo no de Progetto y sí los de Bai.
2- RETENCIONES EXTRANJERAS: "Impuesto satisfecho en el extranjero": Aquí se coloca la retención de IBAN extranjero. El programa automát. calcula un máximo de deducción de forma compleja.
Ejemplos:
- Banco con IBAN español como Facto o Haitong: ya viene en la casilla 27-1 y 27-2.
- Banco con IBAN extranjero sin retención como Progetto: se suma en la casilla 27-1.
- Banco con IBAN extranjero con retención mínima del 10% como Fjord o BluOr: se suma en la casilla 27-1 y se pone en la 588-1 y 588-2.
Los bancos extranjeros de Raisin pueden tener una retención fiscal estándar o al mandar cierta documentación ser reducida:
- 0%: Italia, Francia, Noruega, Estonia, Malta.
- Variable pero a 0% aportando documentación: Austria 25%-0%, Bélgica 30%-0%, Bulgaria 10%-0%, Chequia 15%-0%, Eslovaquia 19%-0%, Polonia 19%-0%.
- Variable pero con un mínimo aportando documentación que es deducible: Letonia 20-10%, Portugal 28-15%.
- La deducción es calculada de forma automática hasta el 15% aproximadamente del interés bruto extranjero del cual se ha retenido (588-1) y desde ahí no deduce ya que el máximo deducible es del 15% y se tributa el 4%.