Las comisiones de la cuenta asociada a los depósitos no son legales
Ahora que está empezando a salir ofertas de depositos, en los que el Banco trata de imponer la apertura de una cuenta asociada con gastos de mantenimiento, hay que tener en cuenta que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España tiene el criterio, desde hace años de que dicha actuacion constituye una mala práctica bancaria y no se puede imponer al cliente. Copio a continuación:
"El mantenimiento de una cuenta bancaria no puede considerarse aisladamente del contrato
que la genera, sino que tiene lugar por el mero hecho de su existencia, como un elemento
intrínseco al mismo. Por lo tanto, mientras subsista el contrato, debe entenderse que el cliente
acepta el mantenimiento de la cuenta, pudiendo afirmarse que la entidad está legitimada
para aplicar las comisiones debidamente incluidas en sus tarifas, cumpliendo los correspondientes
requisitos establecidos en la normativa.
No obstante lo anterior, en cuentas abiertas por exigencia de las entidades, este Servicio se
ha pronunciado reiteradamente considerando que en estos casos la prestación del servicio
asociado a las mismas se lleva a cabo por exclusiva imposición de la entidad, sin que corresponda,
por tanto, a los prestatarios soportar el cargo de importe alguno por tal función. En
caso contrario, nos encontraríamos con el absurdo de que el cliente pagaría por cumplir una
obligación (apertura o mantenimiento de cuenta para facilitar la gestión de sus operaciones)
que la entidad le impuso en interés propio, siendo ello claramente contrario al principio de
reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios."
Por eso, creo que a la hora de elegir el depósito deberiamos tener en cuenta que no tiene vinculaciones tipo nómina, planes de pensiones, etc, y sin importanos las comisiones por mantenimiento que nos quieran meter, pues aunque las firmes, luego puedes reclamar su extorno en base a lo anterior, pudiendo llegar hasta el Banco de España, que evidentemente de darán la razón.