Buenas tardes, disculpa que me entrometa.
¿Has considerado que a pesar de que esos 100.000 € están cubiertos por el FGD y que no tendrías obligación de presentar el modelo 720, sí que estás realizando una transferencia al extranjero de 100.000€ al transferirlos a Raisin y cuando quieras repatriarlos el dinero vendrá de Alemania de la cuenta Raisin IBAN DE?
Te lo digo porque, aunque técnicamente no estás obligado a nada, y es perfectamente legal, a mi me ha pasado:
Tenía un depósito de 40K en Banca Sistema y a vencimiento lo he traído de vuelta y me han llamado de mi banco diciéndome que tenían obligación de justificar ese ingreso proveniente del extranjero. Como el dinero había salido de esa misma entidad simplemente les remití al extracto de salida y hasta ahora no he vuelto a saber del tema.
También es cierto que tiempo atrás, ese mismo dinero a vencimiento lo tenía en la cuenta de Raisin que en ese momento era Keytrade Bank en Bélgica y cuando se produjo la migración a Alemania ellos mismos (Raisin) me lo devolvieron a España automáticamente y en aquella ocasión no me preguntaron nada.
Aunque Haitong tenga IBAN español la cuenta puente no lo tiene. Solo quería comentártelo para que lo considerases. Un saludo.