Las diferencias entre la redacción antigua y la nueva versa sobre:
1.- La cláusula sexta en vigor, incluye información adicional sobre la negociación del tipo de interés en caso de renovación, en la nueva redacción que pretenden aplicar dice que se aplicará el tipo de interés vigente que venga utilizando la Entidad.
2.- En la cláusula en vigor, salvo instrucciones del cliente, los depósitos se renovarán automáticamente por igual periodo. Además indica que la Entidad podrá conceder anticipos o cancelaciones anticipadas de las imposiciones, en la nueva redacción no se menciona.
En definitiva: La nueva redacción BENEFICA al banco, y eso de que es más clara, utiliza un lenguaje más fácil y accesible, NO ES CIERTO
Ambas contemplan las cancelaciones, pero la nueva redacción es más ambigúa con respecto a las cancelaciones, al menos así lo interpresto yo. Con lo cual puede ocurrir que las opciones que ahora da la web para cancelar, con las nuevas condiciones desaparezcan.