Al final todo es interpretable. pero mi conclusión después de leerme con detalle toda la documentación es la siguiente:
RB tiene una "carpeta" denominada "Depósito Tu+" que cuando la contratas genera una documentación "X", en concreto la que tu has copiado, y según la cual pueden modificar unilateralmente las condiciones del contrato de dicha "carpeta".(condiciones generales de la operativa de sus depósitos).
Pero una vez contratada esta "carpeta", si quieres realizar IMPOSICIONES, tienes que dar de alta otra "subcarpeta" con cada imposición que, a su vez, genera otra documentación (condiciones particulares de cada imposición), y en este caso las condiciones son INTOCABLES durante todo el plazo de vida de dicha imposición.
Esto es lo que, desde mi humilde punto de vista, generó el problema que afectó a otros compañeros, ya que RB modificó una cláusula de las condiciones generales del Depósito Tu+ (carpeta) y hubo quien en ese momento solicitó el desistimiento de alguna imposición (subcarpeta). Pero esta es mi interpretación en base a lo leído y preguntado. El tiempo y los juzgados, en su caso, aclararán la situación.
Yo creo que hay que leerse bien la letra pequeña antes de contratar algo y en caso de duda preguntar a la entidad correspondiente, si hace falta a varios "becarios" por si acaso hay discrepancia entre las respuestas. Y en cualquier caso, atenerse a las reglas de juego que cada banco proponga. Otros bancos, como el caso de Facto, no juegan con carpetas y subcarpetas, simplemente realizas una imposición desde la cuenta donde tienes el dinero y se genera la documentación correspondiente a esa imposición (muy escueta, por cierto)..
Un saludo