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Tabla de Depósitos de Monillo

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Tabla de Depósitos de Monillo
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Tabla de Depósitos de Monillo
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#24646

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Buenos días. Antes escribí, por error, 48 meses, cuando quería haber escrito 24 meses (por aquello de que en las condiciones que puse, que parecen no ser las vigentes a día de hoy) decían eso de "ininterrumpidamente durante 2 años" (que serían 24 meses y no 48 como puse). 

Respecto a que Hacienda nunca devolverá por IRPF un importe superior al total de retenciones, hay al menos un caso en el que no es así, pudiendo devolver hasta 1.200 euros más por encima del total de retenciones ya practicadas. Sería el caso de matrimonio en que uno de los cónyuges tiene discapacidad (33% o superior) y el otro cónyuge ha cotizado los 12 meses del año a la Seguridad Social. Además de cumplirse otras condiciones. 

Usando Renta Web Open Simulador, si metemos un matrimonio en el que ella tiene discapacidad y no tiene rentas (o las que tiene están exentas de tributación) y el marido solo tiene rendimientos del trabajo por bruto 17.000 con retención total en nóminas por 2.200€  y ha estado trabajando los 12 meses del año, no solo recuperará el 100% de sus retenciones sino que a mayores recibirá 1.200 € (100 €/mes) por la deducción en cuota, directamente en cuota, al tener cónyuge con discapacidad que genera el derecho a esta deducción:
#24647

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Añade la deducción por maternidad hasta los 3 años del hijo de 1.200€ anuales que en realidad es un pago y no una deducción. Aunque te retengan 0, te devuelven 1.200€ o al menos te desgrava si te sale a pagar.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#24648

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Cierto, otro caso más donde Hacienda puede devolver más importe que el total de las retenciones practicadas. 
#24649

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Buenas tardes, 

Por lo que veo sí hay casos donde "devuelven" más de lo retenido, lo ignoraba, voy aprendiendo.
#24650

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

 En cambio, el depósito de 6m al 3,3% no pone fecha y pone hasta alcanzar cierto volumen de dinero (75M si mal no recuerdo) 
- Por un lado puede ser una estrategia comercial para que la gente se anime a contratarlo, lo antes posible.
- Por otro lado es posible que necesite cumplir algun objetivo puntual de capitalización. Hay que recordar que el mayor volumen de negocio de Wizink es el prestar dinero a través de sus tarjetas.
#24651

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Buenas. Muy adecuado, en mi opinión, que hayas entrecomillado "devuelven" pues, en rigor, y a bote pronto, tiene lógica pensar que Hacienda no va a devolver nunca un importe superior al total de retenciones practicadas.

El tema es que después de determinar la cuota, entran todas estas deducciones ADICIONALES:


Es que ya me picó @monillo (jeje) al aflorar también la deducción por maternidad (que parece ser es muy reciente) y diría que de la imagen precedente todas esas deducciones permitirían que Hacienda "devolviese" más o mucho más de lo ya retenido, puesto que todas estas deducciones (que son cumulativas y no mutuamente excluyentes) en la cuota diferencial comparten esto que dice la AEAT:


Si es a pagar, se reduce lo que pagas. Si es a devolver se incremente la devolución. Si es cero, pues se recibe el total de esas deducciones a las que se tenga derecho.

Son circunstancias personales y familiares muy concretas, cada una con sus propios requisitos para que sean aplicables, pudiéndose dar una o varias de manera simultánea. 
#24652

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Dicho caso de la deducción de los 1200 euros que te dan ¿seria aplicable a madre con hijo mayor de 18 años con discapacidad del 65% convivientes aunque no hayan practicado retenciónes en el caso de pensión de viudedad de la madre y el hijo tuviera concedida discapacidad del 65%??Un saludo,gracias
#24653

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Entiendo que sí, siempre salvo mejor opinión.
La viuda madre con hijo con discapacidad a su cargo, podría cumplir todos los requisitos para acogerse a la Deducción por descendiente con discapacidad a cargo

En ese enlace revisa los 5 puntos que encontrarás:

Aunque a la viuda madre de hijo con discapacidad a su cargo no le hayan retenido nada en su pensión de viudedad, tendría derecho -si cumple los requisitos del punto 2 del índice anterior- a aplicarse esa deducción en cuota aunque su cuota previa sea cero, para no perder esos 1.200 euros.

Míralo, y piensa en que de tener derecho a esa deducción desde tiempo atrás, el 30-junio-2024 (es decir, dentro de 8 días) ya prescribe el IRPF 2019 (cuyo plazo tope para presentarlo fue el 30-junio-2020), por si tiene derecho a lo que se llama "rectificación de autoliquidación", si es que la presentó, o a presentarla por primera vez si no estaba obligada y no ejerció en su momento su derecho a presentarla por desconocimiento de esta deducción. Lo más urgente, por estos 8 días que quedan, es revisar IRPF 2019 presentado en 2020. Ya el resto de años, sin tanto agobio por plazos. Influirá la fecha en la que su hijo tenga reconocida la discapacidad. No importa el día ni el mes, sino el año de reconocimiento. Da igual que sea del 65% o superior. Con el 33% ya se considera persona con discapacidad. Incluso el hijo podría tener nómina (caso de la hija de unos amigos que tiene Síndrome de Down y trabaja como discapacitada) siempre que no superase 8.000 euros de rendimientos netos. No sé si es el caso. 

Entiendo que si a 31-12-2019 ya era viuda y ya su hijo era persona con discapacidad, nada presentó al no estar obligada ni asesorada, pero claro... habría perdido el derecho a sus 1.200 euros por hijo con discapacidad a su cargo. No está definitivamente perdido. Su derecho aun lo puede ejercer, pero hablamos de una cuenta atrás de 8 días en relación a presentar por 1ª vez (o a rectificar, si lo hubiera presentado) su IRPF 2019. Saludos
#24654

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Lo que no entiendo es que significa el término con hijo a cargo,no sé si el requisito es depender económicamente de la madre o tan solo es convivir con ella aunque no dependa económicamente de ella.Entiendo también que las rentas exentas no se incluyen dentro de ese limite de 8000 euros,como por ejemplo pensiones de incapacidad absoluta y orfandad cobradas por parte del hijo aunque a la madre no la retuvieran nada por su pensión de viudedad.Un saludo
#24655

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Le saldría así, a devolver 1.200 aunque nada hubiesen retenido en su pensión de viudedad a la madre del hijo conviviente con discapacidad:

Inventado el NIF y supuesta la fecha de efectos de discapacidad
Inventado el NIF y supuesta la fecha de efectos de discapacidad

En casos así, convendría explorar si al hijo discapacitado, que ya no tiene padre, le corresponde la pensión de orfandad. Cuando uno de los progenitores ha fallecido ya hay orfandad. En el caso de la persona que conozco con Síndrome de Down, le vino concedida tras solicitarla al fallecer su padre:

El fallecido no genera solo el derecho a pensión de viudedad en favor del cónyuge supérstite; también pensión de orfandad si se cumplen las condiciones.
#24656

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Buenas tardes,

Magnifico consejo, Enhorabuena!!!!!
#24657

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Sí, las pensiones por incapacidad permanente absoluta están exentas. También las pensiones de orfandad están exentas. Estás en lo cierto.

Hijo con discapacidad a cargo (de su madre viuda en este caso). Requisitos (son los correspondientes al mínimo por descendientes). Supongo que el descendiente de la viuda tiene 25 años o más:

Respecto al concepto tan confuso (en cuanto a cómo cuantificarlo) llamado "rentas", que no podrán superar los 8k, tiene su enjundia interpretativa. No sería el salario bruto caso trabajador en activo con discapacidad, aunque -lamentablemente- esos becarios/as que contrata temporalmente Hacienda durante la campaña de Renta cuando te atienden con cita previa no tengan mucha idea y afirmen cosas que no son y tampoco sepan dónde mirarlas si les planteas dudas.

Habría que mirar cada caso individualmente, pero si no obtiene rentas entonces nos olvidamos de analizar nada.

También, aunque -y pido disculpas por extender este off-topic- tenga derecho el hijo discapacitado huérfano de padre a la pensión de orfandad, también podría tener derecho su viuda madre a la llamada PRESTACIÓN (que no pensión) FAMILIAR POR HIJO A CARGO. La prestación la cobra ella, la madre, a su nombre está reconocida, aunque el derecho a dicha prestación, el CAUSANTE, sea su hijo o hija:

No digo que sea el caso, pero es que a veces hay derechos que por desconocimiento no se ejercen. Comprensible también. Saludos
#24658

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

Buenas tardes. Quería aprovechar la oferta de depósito de ING AL 2,5%. Saqué dinero de ING hace tres meses ¿Sabéis cuanto tiempo tiene que pasar para que ING lo considere nuevo ese dinero? Muchas gracias por vuestra ayuda
#24659

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

No te has planteado otras opciones mejores? Hay depósitos o cuentas remuneradas que ofrecen bastante más
#24660

Re: Tabla de Depósitos de Monillo

 Ese 2,5% esta muy por debajo de mercado. Actualmente tienes rentabilidades bastante mejores para tus ahorros.
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