#601
Re: Tabla de Depósitos de Monillo
- Pregunta 1ª: En la declaración pregunta el saldo a 31dic y el saldo medio 4º trimestre.
Detén el vídeo y abajo pregunta el saldo medio: https://www.youtube.com/watch?v=EDKGaDtv4HA&t=659
- Pregunta 2ª: Los incrementos de saldo en 20k se refieren al 31dic pero no sé si también al saldo medio último trimestre. Imagino que sí, porque si obligan a declarar por saldo 31dic o saldo medio mayor de 50k, también para los incrementos de saldo en 20k deberían ser por saldo al 31dic y por saldo medio.
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf
"Pregunta 65: Una vez se ha presentado la primera declaración del Modelo 720
correspondiente a un ejercicio ¿se debe volver a presentar cada año? ¿respecto a
que información se debe volver a presentar?
Respuesta: Una vez presentada la declaración del Modelo 720 respecto de una o varias de las obligaciones de información contenidas en el mismo [...], solamente deberá volver a presentarse este Modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determino la presentación de la última declaración."
Está claro que los 20k de incremento afectan a saldo 31dic y saldo medio: "una o varias de estas obligaciones" y además los 20k se separan por cada uno de los 3 bloques (cuentas, valores e inmuebles).
Detén el vídeo y abajo pregunta el saldo medio: https://www.youtube.com/watch?v=EDKGaDtv4HA&t=659
- Pregunta 2ª: Los incrementos de saldo en 20k se refieren al 31dic pero no sé si también al saldo medio último trimestre. Imagino que sí, porque si obligan a declarar por saldo 31dic o saldo medio mayor de 50k, también para los incrementos de saldo en 20k deberían ser por saldo al 31dic y por saldo medio.
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf
"Pregunta 65: Una vez se ha presentado la primera declaración del Modelo 720
correspondiente a un ejercicio ¿se debe volver a presentar cada año? ¿respecto a
que información se debe volver a presentar?
Respuesta: Una vez presentada la declaración del Modelo 720 respecto de una o varias de las obligaciones de información contenidas en el mismo [...], solamente deberá volver a presentarse este Modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determino la presentación de la última declaración."
Está claro que los 20k de incremento afectan a saldo 31dic y saldo medio: "una o varias de estas obligaciones" y además los 20k se separan por cada uno de los 3 bloques (cuentas, valores e inmuebles).
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍