Buenos días, estabais comentando que en la declaración de la renta, la pérdida por la venta de un fondo se compensa en las declaraciones posteriores sobre los intereses creo recordar....mi pregunta es , si he tenido una perdida patrimonial por la venta de un inmueble, reconocida por la AEAT, tendria derecho a la exención del pago de intereses que generan mis depósitos?, seguro que entendí mal, pero ahí me quedo la duda, si alguien sabe responder o me puede enviar un enlace de información.gracias