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Re: Bank Norwegian sube el interés de su cuenta al 1,25 % TAE
Tu vivienda habitual es en la que vives, no tiene nada que ver si es de tu propiedad o no.Efectivamente si has alquilado a alguien una vivienda para vivir tú en ella y en tu vivienda en propiedad viven otros pagandote alquiler, entonces tu vivienda en propiedad no se excluye a efectos del impuesto de patrimonio. Y además tienes que declarar tus ganancias que cobras por alquilar tu vivienda.
SI algún año no lograses alquilar tu vivienda en propiedad, se quedase vacía y tu siguieras viviendo alquilando a otro, entonces tendrías que pagar renta inmobiliaria imputada ficticia de tu vivienda en propiedad, tributando por el 2% del valor catastral. Este es sin duda el impuesto más injusto de España, tributar un 2% por rentas imaginarias no cobradas.Se debe entender como un impuesto de patrimonio adicional de caracter inmobiliario
Actualmente en España tenemos 3 impuestos de patrimonio : el impuesto de patrimonio, el impuesto de grandes fortunas y la renta inmobiliaria imputada para inmuebles no habituales. Eso sin contar al IBI y al impuesto de vehículos que en cierto modo son impuestos de patrimonio al gravar la mera posesión.
SI algún año no lograses alquilar tu vivienda en propiedad, se quedase vacía y tu siguieras viviendo alquilando a otro, entonces tendrías que pagar renta inmobiliaria imputada ficticia de tu vivienda en propiedad, tributando por el 2% del valor catastral. Este es sin duda el impuesto más injusto de España, tributar un 2% por rentas imaginarias no cobradas.Se debe entender como un impuesto de patrimonio adicional de caracter inmobiliario
Actualmente en España tenemos 3 impuestos de patrimonio : el impuesto de patrimonio, el impuesto de grandes fortunas y la renta inmobiliaria imputada para inmuebles no habituales. Eso sin contar al IBI y al impuesto de vehículos que en cierto modo son impuestos de patrimonio al gravar la mera posesión.