-En mi caso hice dos depósitos en abril del pasado 2023, con las condiciones que comentas, uno de ellos venció la pasada semana y efectivamente me lo han abonado el 2.75 y el otro me vence el próximo día 15 y lógicamente también me lo deberán abonar al mismo interés.
Por si te interesa te adjunto las condiciones del citado depósito para que compruebes que has cumplido las condiciones exigidas
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-Depósito Open 12 meses
La información resaltada en negrita es especialmente relevante
Este documento se enviará por medios electrónicos con carácter previo a la contratación del producto
• Producto
Depósito (en euros) a plazo con garantía del principal.
• Condiciones para contratar el depósito
El importe del depósito tiene que proceder de nuevos ingresos. El importe mínimo para la
contratación es de 1 euro.
Para poder contratar y/o mantener el depósito es necesario:
(i) tener contratada previamente una
cuenta corriente o cuenta nómina activada en
Openbank (en adelante, “Openbank” o el “Banco”) (dichas cuentas no tienen comisiones
de mantenimiento, administración ni cancelación); y
(ii) cumplir con el importe mínimo y máximo requerido para el depósito, de conformidad
con lo establecido en el apartado “Importe mínimo y máximo”.
• Remuneración del depósito para el titular
Si los fondos se mantuvieran depositados íntegramente en el depósito durante 12 meses y el titular tuviera durante al menos 10 meses también (i) domiciliada su nómina, pensión o prestación de desempleo; o (ii) realizase ingresos recurrentes, ambos por importe igual o superior a 600 euros mensuales, en una cuenta corriente o cuenta nómina de Openbank en la que sea titular, obtendrá un 2,75% TAE, 2,75% % tipo de interés nominal anual, sin límite de saldo bonificado.
La TAE anterior ha sido calculada bajo el supuesto de que se cumplan las condiciones siguientes:
(i) que el saldo del depósito proceda de nuevos ingresos; (ii) que dicho saldo se mantenga
depositado durante 12 meses; y (iii) que tenga domiciliada la nómina, pensión o prestación
de desempleo o realice un ingreso recurrente según lo explicado en el párrafo anterior.
En caso de no domiciliar la mencionada nómina, pensión o prestación de desempleo o no
realizar los ingresos recurrentes durante al menos los meses establecidos (es decir, no cumplir la condición para la mayor remuneración), el titular obtendría una remuneración inferior, que será de un 1,75% TAE, 1,75 % tipo de interés nominal anual, sin límite de saldo bonificado.