Re: Como se nota el pie del cual cogeamos
Creo que fuiste tu quien me contó lo del funcionariazo en Andalucia ¿no?
Pues resulta que Feijoo tambien lo ha hecho: Feijóo hará funcionarios por ley a 6.000 laborales fijos de la Xunta
Creo que fuiste tu quien me contó lo del funcionariazo en Andalucia ¿no?
Pues resulta que Feijoo tambien lo ha hecho: Feijóo hará funcionarios por ley a 6.000 laborales fijos de la Xunta
Eso no lo dirás por mí, nada me encantaría más que ver bailar al carapapa y a su sucesor Griñán. Lo de los ERE traerá cola, pero seguro que sólo es la punta del iceberg de lo que hay debajo de las alfombras de la Junta. Los recovecos del cortijo de Chaves son infinitos y ha colocado cucarachas en todos ellos, así que procede una fumigación en toda regla... como en todas las autonomías que deberían ser desmanteladas.
Pero, vamos, que también te dediques al "y tú y aquí más" sí que refleja una cojera de auténtico corte político.
jejeje
Al menos en este caso, los nominados para funcionarios tienen la condición de empleado público (personal laboral). En el caso de Andalucía, siquiera se daba esa circustancia...
Saludos
Los eventuales también son empleados públicos en régimen laboral ¿no?
Dentro de la administración pública, constituyen una categoría de empleado público, por lo que no son ni funcionarios ni laborales.
Si quieres establecer una comparación, te díría que su situación se asimila más a la de los funcionarios. Ten en cuenta que su relación laboral no se rige por un contrato (personal laboral), sino que se inicia por un nombramiento y su actividad va estar regulada por sus leyes específicas que cada administracion puede dictar para ellos y por el régimen general aplicable a los funcionarios.
Saludos
En mi opinión no hay ninguna diferencia jurídica entre ambas situaciones, porque corrigeme si me equivoco se trata en ambos casos IGUAL de laborales fijos en empresas públicas que pasarán a funcionarios por leyes, que valorarán su antiguedad como trabajadores.
Los laborales estan sujetos a la legislación laboral y son empleados públicos con un convenio con la administración, pero no funcionarios sujetos a la legislación administrativa dónde se debe garantizar de mejor manera la objetividad.
Soy funcionario afiliado al CSIF critico con las medidas, pero para mí el sistema de selección de un laboral o de un funcionario, no tienen porque ser uno más objetivo que otro.
Eso sí la prensa amarilla hablará de eventuales en un caso y de sistema de selección espúreo y en el caso gallego de selección MUY OBJETIVA.
Los eventuales son altos cargos de confianza bajo la libre designación que cesan con la autoridad a la que asesoran y que no no son ni laborales,ni funcionarios y trabajan para empresa públicas como directivos, pero estos existen en todas las administraciones y son los que tienen que desaparecer porque no son baratos:
http://www.elmundo.es/mundodinero/2010/06/22/economia/1277226561.html
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Los medios de desinformación utilizan muy bien la ignorancia de la gente para crear conflictos JURIDICOS donde no hay.
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Hubo en el pasado muchos intentos de laboralizar la función pública y se pudo dar marcha atrás por sentencias del Tribunal Constitucional y en la práctica la legislación de ambas se iguala:
http://es.wikipedia.org/wiki/Personal_laboral
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Estoy de acuerdo, con lo del pie que se COJEA.
Un saludo
Te corrigo... En Andalucía, trabajadores que NO tenían lal condición de empleados públicos han sido nombrados o han sido equiparados al personal laboral fijo.
Se trata de trabajdores afines al PSOE, CC.OO y UGT en empresas y fundaciones de la junta sometidas al derecho privado (NO empresas publicas). Estos dos sindicatos fueron los únicos que apoyaron semejante barabaridad.
Saludos
Ponme la noticia o información por favor, es denunciable.
Un ssludo