Hola, buenos días. Mi hermano ha fallecido esperando por la resolución de la reclamación admva. que puso tras denegarle el derecho (por error claro de la administración, pues le pusieron como motivo "Formar parte de otra unidad convivencia", no siendo así ).
Cada mes, mes y medio solicitaba cita presencial o telefónica, según se conseguía, para seguir preguntando ....
Entretanto, por su situación precaria, solicitó ayuda a los servicios sociales del Ayuntamiento, quienes le asistieron con vale de alimentos y algunos pagos.
Desde que murió nuestra madre en 2020, a quién cuidaba, estuvo en búsqueda activa de empleo, y después de luchar por el derecho a la paga más de un años, justo cuando le dicen que a final de este mes de marzo le contestan, le ponen en el trámite presentado por internet como situación "en estudio", antes "denegada", fallece .....
Me pregunto, ahora qué hace la administración, supongo que contestará que el procedimiento acaba por fallecimiento del titular o algo simililar.... Y además de la pérdida, ahora los pagos asumirlos la familia!, pues él era soltero y sin hijo.
Sin embargo, cuando falleció mi cuñado, con un cáncer fulminante, con deuda empresarial y personal con la SS, mi hermana no tuvo derecho a asistencia gratuita hasta que pagara la deuda........ Gracias a quien lo lea y si me puede aportar algo, doblemente gracias.