Legalmente no es exigible el DNI a un menor de 14 años que forme parte de una unidad familiar, si a aquellos menores que no formen parte de una unidad familiar.
La SS ha sido muy poco específica a este respecto ya que aun no ha aclarado si es DNI o NIF, ya que el NIF si es exigible para percibir ayudas o prestaciones fiscalizadas. El Nif lo asigna la Agencia tributaria mediante cita aportando sólo el libro de familia original y fotocopias del mismo, siendo su asignación automática y tendrá validez hasta los 14 años. Para el DNI habrás de aportar Partidas de nacimiento y fotos y habrás de renovarlo cada dos años.
Ahora bien, no pueden exigir legalmente el DNI, si el NIF, pero a sabiendas de como funciona hoy en día la SS, tarde y mal, no aportar los Dnis puede acarrear que des con el funcionario papista y tengas que presentar reclamación, que será estimada a tu favor pero requiere tiempo cosa que especialmente en prestaciones supone ahogo y asfixia económica.
Por lo tanto, mi consejo personal es que les hagas el DNI, a no ser que la SS se pronuncie claramente al respecto. Al no especificar plazo concreto para este tramite se aplica el del procedimiento común que son 60 días. Puedes aportarlos via web si dispones de cl@ve o certificado digital, en caso contrario puedes aportarlos mediante correo postal administrativo a la Dirección Provincial de la SS de tu provincia