Re: Oficial: Catalunya prohibe los toros
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1991/062/boc-1991-062-001.pdf
2. Asimismo, quedan fuera del ámbito de esta Ley los animales salvajes cautivos o los criados con la finalidad de ser devueltos al medio natural. No obstante, no serán objeto de malos tratos y deberá observarse para éstos las mismas condiciones higiénico-sanitarias, de salubridad y de alimentación preceptuadas en esta Ley.
Artículo 5.- 1. Se prohíbe la utilización de animales en peleas, fiestas, espectáculos y otras actividades que conlleven maltrato, crueldad o sufrimiento.
Queda claro que aun que sean salvajes o criados también está prohibo maltratarlos....