A ver... a ti te han pedido algo (en este caso los DNI's) que no tienes (porque no es muy normal hacerles DNI a menores ni a bebes por mucho que la Seguridad Social los pida, pero bueno) y tienes que responderles en el plazo máximo que te hayan notificado, habitualmente máximo de 10 días ¿ok?
Si no les respondes o te pasas del plazo que la Seguridad Social te ha dicho, ten por seguro que cancelan tu expediente por no haberles facilitado respuesta ¿vale?
Por tanto, hay que responder SIEMPRE a dichas notificaciones...
Como en 10 días no te van a hacer los DNI's lo único que puedes responderles es algo en plan "miren, les adjunto la cita que me han asignado para hacer los DNI's que ustedes piden y cuando haya acudido a dicha cita y me entreguen los DNI's se los remito por esta misma vía"
Así que tu RESPONDELES a su requerimiento en esa línea y les remites lo que tengas, y cuando tengas ya los DNI's (igual dentro de 3 meses) pues les vuelves a responder usando el mismo código de expediente / requerimiento enviándoles ya fotocopia de los DNI's obtenidos y un texto en plan "En fecha XXXX me requirieron ustedes los DNI's de los menores que forman mi unidad de convivencia, remitiéndoles dentro de plazos en fecha XXXX el justificante de cita previa para obtención de los mismos a la vez que les indicaba que una vez obrasen en mi poder se los remitiría; dicho hecho ha ocurrido finalmente en fecha XXXX, motivo por el que les remito la presente y se los adjunto para que figuren en mi expediente, agradeciéndoles la deferencia prestada por Vds. en la gestión del mismo"
¿Lo tienes claro ahora?