No creo que a los que se les ha bajado la cuantia se pueda considerar deuda.
Si por ejemplo, en el caso de una sola persona, que al año le corresponden 5899.56 euros, ellos ven que ha cobrado en el año 2021 4000 euros, le van a dejar 1899,56 (158, 29 al mes) para el año siguiente (no año natural, sino el año "tipo imv" que van de Noviembre a Noviembre) para los dos meses restantes. Esos 1899,56 es tu restante, pero no adeudan, que yo sepa
Otra cosa sería que en el 2021, hubieras tenido rendimientos del trabajo, (o metido como error en la casilla esa) un importe superior a esos 5899.56, ahí entonces si. El restante, si lo hubieras percibido, si adeudaría
Si hay alguien en el hilo, que diga si esto es cierto o no, principalmente para que no se asuste aún más la gente