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Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

17 respuestas
Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital
Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital
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#1

Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital


Buenas, me surgen varias dudas ya que voy a empezar a trabajar temporalmente:

La primera duda: cuentan el sueldo bruto o el sueldo neto?

Voy a trabajar unos 8 meses de manera temporal, este año 2025 yo calculo que ganaré por el trabajo unos 6.000 euros netos, con lo cual si cuentan el neto no superaré los 7.500 que es mi IMV anual y no me lo quitarían. Si cuentan el bruto si podría superarlo.

Luego el próximo año 2026 seguiré con el contrato y trabajaré unos 3 meses y luego cobraré paro porque con estos 8 meses que voy a trabajar acumularé mas de un año trabajado y tendré derecho a paro. Es verdad que el paro puedes no solicitarlo y seguir acumulando para mas adelante, ¿pero cobrando el IMV se puede no solicitar el paro acumulado?... Creo que había oído que el IMV se solicita cuando ya no tienes derecho a ninguna otra prestación, así que en teoría a lo mejor ese paro lo tienes que solicitar sí o sí. Sería solo cobrar 4 meses de paro pero se sumaría a lo ganado en los 3 primeros meses de 2026, también estaría bordeando el superar el IMV para una persona.

Ante esta situación qué será mejor que haga?... ¿Doy de baja el IMV ya o dejo que me lo sigan pagando y luego hagan cuentas?.... Es que si por algún casual me lo retiran por superar ingresos casi prefiero darlo de baja pero si no superara esos ingresos aunque fuera por los pelos, lo bueno de mantenerlo sin dar de baja es que no tendría que volver a solicitarlo y esperar a que tardaran en concedérmelo otra vez.

Yo pienso que si no cuentan mis salarios en bruto y solo en neto, no superaré la renta garantizada de IMV para una persona y no me lo retirarían, simplemente irían haciendo cálculos de la deuda que tendría con ellos pero como estaré muy al límite, tengo dudas sobre qué hacer...
#2

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Cuenta la casilla 0018 de tu IRPF 2025 cuando lo hagas, lo que te salga, que será más cerca del sueldo bruto menos algunas cosillas como Seguridad Social y algo más, que del neto que cobres realmente cada mes.

Si el año pasado no tuviste ingresos de ningún tipo (excepto IMV) ni paro ni nada, una parte importante de dichos ingresos que obtengas este 2025 serán bonificados para que no te los descuenten totalmente de tu IMV en la revisión de 2026 (es lo que se llama "sistema de cálculos del incentivo al empleo del IMV" el cual puedes desde https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html ver más o menos como te afecta y hacerte una idea aproximada)... eso si, el año 2027, cuando hagas IRPF 2026, dado que en 2026 parece que tendrás nómina todavía del trabajo más desempleo, ahí si te van a pegar un crujido bueno dejándote el IMV temblando.

Si en 2024 tuviste ingresos por trabajo, la cosa ya se complica porque la diferencia entre tus ingresos del 2025 menos los del 2024 será el máximo que te puedan bonificar como mucho.

Yo no daría de baja el IMV, en todo caso me lo plantearía hacerlo para diciembre de 2026... y si, he dicho finales de 2026 porque el ajuste que te hagan durante 2026 será con los ingresos del 2025 y para todo el 2026 y por lo que te he comentado te afectará, pero no demasiado si ha sido el caso de que tu IRPF 2024 no tienes ingresos, pero el palo bueno te lo darían en la revisión del 2027 para todo el 2027, así que sí quieres evitarlo la fecha para renunciar al IMV es diciembre 2026, aunque insisto en que yo personalmente de tu caso no lo haría y dejaría que sea la Seguridad Social quien me haga los ajustes que tenga que hacerme, con la salvedad de que si más adelante me toca devolver algo de dinero trataría de haberlo ahorrado durante este 2025 y 2026 que voy a currar y cobrar el IMV.
#3

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

En 2024 no trabajé nada ni tuve ingresos, es ahora cuando empiezo. Yo todo lo que me paguen de IMV lo voy a guardar y no gastarlo pero claro lo único que como va todo con tanto retraso quizás es acumular mucho dinero y tener que tenerlo guardado, con el peligro de superar el límite de patrimonio por dinero ahorrado en la cuenta bancaria.

Realmente si lo doy de baja no pierdo nada de dinero no?... Es decir me pedirán mas adelante lo que deba pero ya. Es que también pienso que si sigo teniendo derecho al IMV aunque sea por los pelos, si lo doy de baja quizás pierda algo de dinero de IMV que podría haber seguido cobrando por no superar la renta garantizada.

Respecto a darlo de baja en 2026 no sé que haría porque tendré que devolver dinero y me bajarán la cuantía pero a lo mejor sigo manteniendo el derecho a percibir IMV aunque sea por los pelos y me volverían a poder aplicar el incentivo del empleo. Si lo doy de baja quizás no me apliquen el incentivo al empleo no?


#4

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Por el caso particular tuyo (sin ingresos en 2024) ahora mismo ni te plantees renunciar al IMV, en todo caso, en octubre 2026, cuando te hagan la revisión "buena" con IRPF 2025 (o incluso en la "provisional" de mayo 2026) verás por ti mismo si te interesa o no renunciar al IMV en dicho 2026, pero si lo haces ten claro que el mejor momento es siempre diciembre, porque así no te pueden reclamar nada excepto lo percibido de más ese año dado el ajuste que te hagan, que en tu caso ya te digo que te verás beneficiado por el sistema del incentivo al empleo y te bonificarán algo sobre lo que deban descontarte de ingresos que obtengas este 2025 fuera del IMV.

Y aparte de todo esto, pues enhorabuena por tu incorporación laboral.
#5

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

La verdad que yo lo del incentivo al empleo lo debo de hacer mal o no sé si lo hago bien pero es que el resultado que me da en el simulador es de 6,50 euros solo, no sé si eso es mensual o el total jaja

Y me surge otra duda, el incentivo al empleo solo te lo aplican un año, pero entonces si tienes un trabajo que te pilla los primeros meses en este año 2025 y sigues trabajando otros meses de 2026, solo te aplican el incentivo en 2025?... Eso puede ser muy injusto si por ejemplo empiezas a trabajar en diciembre de 2025 porque solo se te aplicaría el incentivo al empleo de 2025 sobre ese único mes de diciembre trabajado?... 

No acabo de lograr encontrar información que explique fácilmente el tema, lo mejor sería tener ejemplos concretos de gente a la que se lo hayan aplicado porque yo en lo que he buscado no logro entender nada.
#6

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Es el total 🙈

Se basan en IRPF del año anterior, puedes tener un curro que te pille meses de 2024 y meses de 2025, que conforme a los ingresos según IRPF que corresponda (2024 o 2025) y los del año anterior, te lo pueden aplicar un año y el otro también (ejemplo: persona sola que en 2023 no trabajó y cobra IMV, en 2024 gana 3000 euros por trabajo y en la revisión con dicho IRPF en 2025 le aplican dicha bonificación por incentivo al empleo y que como en 2025 trabajó también y obtuvo 4500 euros por trabajo, pues también en la revisión del IMV de 2026 se beneficia de dicho incentivo al empleo).  El problema está en que para que lo apliquen cada año tus ingresos obtenidos por trabajo deben ser superiores a los del año anterior, y el límite que te pueden aplicar de bonificación es siempre la diferencia entre ambos ingresos anuales (en mi ejemplo anterior el 1er año le pueden aplicar hasta 3000€ de incentivo al empleo y en el segundo año hasta 1500€)
#7

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Ya lo he pillado mas o menos y creo que me puede beneficiar mucho con este empleo, por ejemplo en la revisión de 2026 me bonificarían unos 5.000 euros, así que en 2026 seguiría prácticamente cobrando lo mismo que cobro ahora de IMV. En 2026 seguiré trabajando pero ya solo 4 meses y ganaré menos que este año, aún así durante todo ese 2026 seguiré cobrando el IMV praácticamente con la misma cantidad de 2025 a pesar de que estoy trabajando.

Y luego en 2027 vendría el mayor lio, en teoría en la revisión de 2027 si me tendrían que descontar ya lo ganado por el trabajo en 2026 pero aún así seguiría cobrando el IMV, reducido pero respecto a 2026 solo me descontarían el exceso de lo trabajado y ya. No estoy seguro pero creo que supone una ganancia y que te manden devolver mucho menos de IMV de lo que te correspondería.

El simulador me pone que si estos meses gano unos 5400 euros, me bonifican unos 5.000 euros. Es decir este año habré ganado los 7.000 de IMV mas 5.000 euros y en 2026 lo único que me rebajarían del IMV son 400 euros que no bonifican de lo que ganaré en el trabajo.
#8

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

 me bonifican unos 5.000 euros. Es decir este año habré ganado los 7.000 de IMV mas 5.000 euros 
Ummm, no, la cuenta no es esa... serían +7000 de IMV -5400 de ingresos del trabajo +5000 de bonificación de incentivo al empleo, de forma que "solo" te quitarían del IMV unos 400€ de ingresos por trabajo.

 Y luego en 2027 vendría el mayor lio, 
Sí, porque en 2026 debes superar los ingresos del 2025 para que te puedan aplicar "incentivo al empleo" y el límite máximo que te aplicarían sería la diferencia de ingresos entre 2026 y 2025, de lo contrario no te beneficias en nada y te descuentan todos los ingresos del 2026... por eso recordarás que te comentaba que en todo caso si te planteabas renunciar al IMV para evitar cobros indebidos, el mejor momento era diciembre 2026 ¿recuerdas?
#9

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

"Ummm, no, la cuenta no es esa... serían +7000 de IMV -5400 de ingresos del trabajo +5000 de bonificación de incentivo al empleo, de forma que "solo" te quitarían del IMV unos 400€ de ingresos por trabajo."


No sé si lo entiendo pero creo que yo lo puse de otra manera pero el resultado es el mismo, este año ganaría 6.600 de IMV mas los 5.400 por otro lado de mis salarios en el trabajo no?
#10

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Si, eso sí... correcto.
#11

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Mi duda es si tras terminar de trabajar en abril de 2026 pedir el paro que tendría como 4 meses o quedarme solo con el IMV.

Si lo doy de baja en diciembre de 2026, entonces no me reclaman nada?... 
#12

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Tendrás que hacer tus cábalas de los ingresos que serían los 4 meses de paro del 2026 más tu sueldo hasta abril, frente a lo cobrado por tu trabajo en este 2025, ya que todos esos ingresos del 2026 deberán superar los del 2025 para volver a beneficiarte en 2027 del incentivo al empleo del IMV (suponiendo no renuncies al IMV en diciembre 2026) y, aun así, creo será una cantidad ínfima de bonificación y no te librará en absoluto de que en la revisión del IMV de octubre 2027 con IRPF 2026 te quiten el IMV por exceso de ingresos.

Si das de baja tu IMV en diciembre 2026, no te van a reclamar nada especial de lo cobrado ese 2026 (teniendo en cuenta que el importe de IMV que te dejen en la revisión de (mayo) octubre de ese año 2026 -que lo revisarán mirándote IRPF 2025- será el que realmente deberías haber ido cobrando en 2026, y claro, si ha habido meses de 2026 que has cobrado más de esa cifra, sí que generaste cobros indebidos que te reclamarán más adelante del 2026, claro) fuera del importe que te hayan dejado de IMV para 2026, el cual conocerás en (mayo) octubre 2026.

Solo veo dos alternativas, y creo que yo personalmente optaría por la número 2:

- Estrategia 1: en 2026, pedir la prestación por desempleo tras finalizar en abril el curro, renunciar al IMV en diciembre 2026, teniendo claro que más adelante te pedirán devolverles algo de cobros indebidos (eso lo tendrás claro viendo la revisión de octubre de 2026) y a partir de mayo 2028 volver a solicitar el IMV adjuntando IRPF 2027 suponiendo que en 2027 no tengas ingresos para que te lo puedan conceder... problema: todo el 2027 sin ingresos de ningún tipo y la posible reclamación del total de la deuda contraída de cobros indebidos del 2026 y del 2027, ojo.

- Estrategia 2: no renunciar al IMV, pero teniendo claro que en (mayo) octubre 2026 determinarán que IMV te dejan para todo 2026 basándose en tus ingresos del IRPF 2025 (la declaración de la renta que haremos el año que viene en abril), y que en la revisión de (mayo) octubre 2027 con tus ingresos del IRPF 2026, te dejarán sin IMV (suspensión cautelar por exceso de ingresos) que de oficio te lo tendrían que volver a reactivar en (mayo) octubre 2028 una vez te revisen con IRPF 2027 y no existan ingresos, claro está.

En ambos casos te van a pedir cobros indebidos más adelante... posiblemente en junio 2028 te pedirían los de la bajada de tu IMV de finales del 2026 y al año siguiente 2029 lo cobrado en 2027, pero con la estrategia 2 se los podrían ir cobrando del IMV que te dejen.

Tal vez suena un poco lío, pero yo lo veo claro. Y claro, elijas lo que elijas, tendrás que aplicar algo de austeridad en gastos en la medida de lo posible.
#13

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Ah ¿el paro cuenta para el incentivo al empleo?... porque sumando salario de 2026 y y esos 4 meses de paro, superaría los ingresos de estos 5 meses que voy a trabajar en 2025 y si es así me podrían volver a apalicar el incentivo al empleo.

Lo que no entiendo muy bien es que me reclamen nada de 2026 si me doy de baja cuando se supone que me aprueban esa cantidad de 2026 aplicando el incentivo al empleo respecto a este año 2025. Sería un poco como quitarte una parte de ese incentivo al empleo al siguiente año.

Yo creo que quizás lo mejor sea no renunciar al IMV y no solicitar el paro en 2026 al que tendría derecho tras finalizar el empleo que serían unos 1.000 euros durante 4 meses y habría que sumarlo a los mas o menos 4.700 euros que ganaré en mi trabajo los 4 primeros meses de 2026. Porque con esas dos cosas probablemente supere el límite de ingresos para una persona y me lo suspenderían pero no sé si me reclamarían todo lo cobrado en 2026... Aunque eso sería realmente quitarme el incentivo al empleo que me dieron. Es muy lío la verdad. 

De todas formas en la primera estrategia dices que si renuncio en 2026 luego me reclamarían de golpe toda la deuda de 2026 y 2027... De 2027 no debería nada no?... Como mucho los meses que hayan tardado en tramitar mi renuncia al IMV y que me hayan pagado de mas pero eso no debería de tardar mas en tramitarse que un mes o así no?...
#14

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Si es así me podrían volver a aplicar el incentivo al empleo. 
Pues genial entonces.

Lo que no entiendo muy bien es que me reclamen nada de 2026 
Cuando, en mayo 2026 u octubre 2026, nos revisen con IRPF 2025, tu IMV no será el máximo de tu unidad de convivencia para una sola persona, sino que será menos pese a aplicarte la bonificación del incentivo al empleo, así que la diferencia "cobrada de más" durante los meses de 2026 frente a la nueva cuantía que hayan determinado dejarte, son cobros indebidos que te reclamarán más adelante... no será un disparate, pero algo de dinero será.

Yo creo que quizás lo mejor sea no renunciar al IMV 
Ya te dije que yo NO renunciaría, pero depende de si vas a cobrar el paro o no... si lo cobras y superas ingresos de 2025 en el 2026, pues esa diferencia te la pueden bonificar en parte como máximo, pero si no coges el paro y, por tanto, en 2026 no superas tus ingresos del 2025, el total de ingresos del 2026 te los descontarán de tu IMV y como en conjunto superes los cerca de ocho mil cuatrocientos euros que será en 2027 el IMV para una persona sola, pues te quedará un IMV... Ahí la estrategia quizás sea tener claro tus ingresos por trabajo del 2026 y los del paro (prestación por desempleo) y que en ningún caso superen los ocho mil cuatrocientos euros, porque eso sería extinción automática del IMV en 2027... por las cifras que indicas, lo mejor sería quizás NO pedir el desempleo ni renunciar al IMV... yo al menos lo haría así... aunque ya sabes que en 2027 (por efecto de los ingresos del 2026) también te volvería a bajar el IMV, pero al menos no te lo quitarían... pasarías un 2027 justito, pero ya en 2028 te recuperas en parte porque aunque en 2028 te suba el IMV te pedirán lo cobrado de más del 2026 y en 2029 posiblemente lo cobrado de más del 2027.

 si renuncio en 2026 luego me reclamarían de golpe toda la deuda.
Podría ser, pero insisto es que no es estratégico ni quizás adecuado en tu caso concreto con las cifras que indicas y posibilidades que mencionas el renunciar al IMV en diciembre 2026 porque hasta 2028 no podrías volver a pedirlo, además de que te pedirían (igual más pronto que tarde) devolver lo cobrado de más de 2026, aunque sea poco dinero, pero estarías sin ingresos todo 2027 y la mitad de 2028, ojo.
#15

Re: Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital

Gracias, muy buena toda la información que me das con todas las opciones bien pensadas y tendré que valorar ahora.

Lo único, ¿estás seguro que la prestación de paro cuenta y suma junto al salario recibido para la cantidad que toman como referencia para aplicar el incentivo al empleo?