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Trabajo media jornada y IMV - Ingreso mínimo vital

15 respuestas
Trabajo media jornada y IMV - Ingreso mínimo vital
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Re: Trabajo media jornada y IMV - Ingreso mínimo vital

Deben ser superiores a dos mil euros para que exista casilla 0022 en tu IRPF, ya que la 0022 es la 0018 menos 2000 euros, y si no existe dicha casilla 0022 no te aplican incentivo.

Deben ser inferiores a cinco mil euros en el caso de una sola persona en nuestra unidad de convivencia, porque a partir de ese importe el "incentivo al empleo" (o bonificación que te aplican sobre esos ingresos a descontarte) mengua, dado el sistema de cálculos del mismo, ya que se basa en tramos y a partir de cierto % de ingresos respecto a tu umbral máximo de renta garantizada comienza a menguar (es decir, si ganas 5000 euros te bonifican esos 5000, pero si ganas 6500 quizás solo te bonifican 4000 ¿comprendes? siendo estas cifras aproximadas)... si hablásemos de una unidad de convivencia de más personas, pues esos cinco mil euros de techo subirían quizás a seis mil o seis mil quinientos, habría que verlo con más detalles 👇
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-15764


En la práctica esas formulas de cálculo están pensadas para evitar que si una persona sola cuyo IMV total anual fuesen 8000 euros obtiene digamos otros 8000 euros por ingresos, se le bonifiquen el total de ingresos y en todo caso solo sea una parte de los mismos.