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IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

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IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos
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IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos
#1

IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Buenas tardes,

Mi consulta tiene que ver con los requisitos legales para vender artesanía propia (bisutería hecha en casa) en ferias y mercadillos.

Tengo ya claro que el epígrafe 663.9 es de venta ambulante, que supone obligatoriamente el recargo de equivalencia porque en realidad está previsto para quien compra a mayoristas y vende en mercadillos, pero que te permite tener una cuota de cotización a la Seg.Social reducida a la mitad si tu jornada laboral es reducida (en este caso sería para la venta en ferias uno o dos domingos al mes, así que cuadra).

También tengo claro que el epígrafe 861 es el que corresponde a la elaboración y venta de productos artesanos y que entonces (creo) que lo mejor, si uno está empezando y no prevee grandes ingresos, no sería estimación objetiva sino directa (¿Es así?). Con este epígrafe la cuota de la seguridad social creo haber entendido que ya no podría ser la reducida (sólo, eso sí, una bonificación los 18 primeros meses por ser la primera vez que se da uno de alta en autónomos).

Mi duda (además de la indicada más arriba) es qué pasaría si uno se da de alta simultáneamente en ambos epígrafes: ¿Podría uno así beneficiarse de poder pagar sólo la mitad de cuota de la seg.social (por 663.9)y, al mismo tiempo, cara a hacienda, ingresar trimestralmente retención irpf e iva (por 861), dejando lo del recargo de equivalencia (del 663.9) sólo para el caso en que se decidiera vender algún producto no propio?

En principio la respuesta obvia podría ser que para tan poca actividad (puesto que el artesano ya tiene un trabajo por cuenta ajena durante la semana) no haría falta legalizar nada... pero lo malo es que las mejores ferias exigen el alta de autónomos y el IAE.

Muchísimas gracias

#2

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Si te das de alta en un epígrafe de elaboración (artesanía), no puedes tener cuota reducida de SS. Y eso es así por haber la presunción que no solo estás ocupando el tiempo de mercadillo, sino que ocupas además, más tiempo para la elaboración de los productos.

Los epígrafes de venta minorista son obligados al recargo de equivalencia, pero no permiten elaboración ni manufactura de lo que se vende.

El epígrafe de artesanía (profesional), se encuadra en estimación directa (simplificada), faculta tanto para la elaboración como para la venta, y en el caso de vender a empresa, iría con retención IRPF.

Siempre puedes ir haciendo altas y bajas mensuales, según preveas el calendario de ferias. Nadie podrá controlar que en los meses de baja no estés elaborando esa bisutería en tu casa. Solo debes procurar que las fchas de adquisiciones y compras correspondan a los meses de alta.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Muchas gracias Cachilipox por tu respuesta tan rápida y tan clara.

Con lo de las altas y bajas mensuales uno se pierde los 18 meses con bonificación por ser autónomo por primera vez... Habría que hacer números a ver si de todas maneras compensa.

Quizá no es descabellado darse de alta en 663.9 que por lo visto es lo habitual (aunque no correcto) entre pequeños artesanos y pedir facturas con recargo de equivalencia a los proveedores del material necesario para la elaboración de las piezas. No se me ocurre otra manera para no acabar perdiendo dinero, al menos en los inicios. ¿Qué te parece?

#4

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Lo más correcto es hacer las cosas según la ley. Si manufacturas tu propia producción, eres artesano.

Pero si lo habitual del negocio es ponerse como minorista en RE, y base reducida, tampoco se trata de remar contracorriente. Seguramente es lo más sencillo y económico, pero debes ser consciente que no es lo técnicamente legal. Y llegado el caso, debes asumir los posibles problemas y consecuencias.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Tienes razón Cachilipox. Se está más tranquilo haciendo las cosas como corresponde.

Muchísimas gracias. Me has ayudado mucho.

Guadalupe

#6

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Hola Guada Cisneros, te quería preguntar si al final iniciaste la actividad y si te diste de alta en 861 del IAE, veras estoy en el mismo caso de artesano, artesanía de cuero y mi intención también es vender en mercadillos. En principio estaba pensando en darme de alta en estimación directa simplificada y en el Iva no lo se porque en recato de equivalencia no puedo. Me podrías aconsejar? Muchas gracias

#7

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Interesante iniciativa, ya que mucha gente ahora se dedica a la elaboración de productos artesanos, y cada vez son más los puestos de productos artesanos que vemos en las ferias medievales,playas etc.

#8

Re: IAE - Epígrafes 663.9 y 861 - Autónomos

Hola!! Estoy en un caso parecido al tuyo y ni en hacienda, ni en el punto de acompañamiento empresarial ni en la gestoría me dicen lo mismo. En que epígrafe te diste finalmente de alta? A mí me han dicho en hacienda que en el 861 y el 6639, pero que me tendré que autovender mis artesanías para venderlas después en las ferias...no entiendo nada, te agradecería cualquier información! Un saludo