Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA
Hola.
Estoy pendiente de abrir una tienda de comercio minorista. Ya tengo el local, pero hasta día 1 no estaré dado de alta como autónomo. Pago igualmente el mes entero dándome de alta el primer día del mes que si hago a finales. Estaré en régimen de recargo de equivalencia.
Estaba esperando a estar dado de alta para comprar el mobiliario de la tienda, contratar a la empresa de rótulos, etc. Pero luego he caído en la cuenta de que, al estar en recargo de equivalencia, no puedo deducirme el IVA de los gastos ¿es así? Y si es así, ¿me conviene más realizar ya esos gastos para tener lista la tienda el día 1 y poder empezar con el negocio?
Gracias.