en nada, solo te afectará en razón de salarios si es que vas a trabajar ahí, aunque sea a media jornada ..... y si eres trabajador probablemente deberás cotizar como autónomo, y la cuota que soportarias personalmente será deducible de dichos salarios, al igual que lo son las cotirzaciones que hacen los trabajadores a la SS (la parte que paga/descuentan al trabajador). Si la empresa reparte dividendos, estos formarán parte de tus rendimientos del capital mobiliario, si los destina a reservas, no te afecta, lo hará el día que tu cobres dividendos.
Gastos hasta ahora: En teoría si, siempre y cuando puedas demostrar documentalmente que fueron necesarios para constituir la sociedad, hacer estudio de mercado, etc., pero si te has ido a Salamanca a ver como funciona una empresa similar, deberias proveerte de una justificación, como por ejemplo (bueno yo es lo que haría, no sé si la AEAT lo consideraría suficiente) una carta tuya a ellos pidiendo visita, ellos ofreciendote su colaboración, no sé cosas por el estilo, pero claro precisarías de la prueba como cartas certificadas.
Otro ejemplo, si uno previamente acude a ferias de su sector para ver "como está el patio" pues con la publicidad de las ferias, y los justificantes de parquing, autopistas, o cualquier documento que pueda demostrar que estuviste por ahí, comida en un restaurante, cosas de este tipo.