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En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

9 respuestas
En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!
En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!
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#9

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Ups, pues sí parece complicado, pero con cuatro años por delante y una caña... ¡Lo conseguiré!

¡Muchas gracias!

#10

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Otro sistema que puedes utilizar sin tener que introducir en el programa PADRE 2010 todos los datos de la declaración, sería el siguiente:

El problema está que en el año 2010 declaramos unos rendimientos superiores a los recibidos (406,78 euros de más).

Tenemos que calcular el “tipo marginal” de tu declaración de renta del 2010. Comprobamos en la misma, que en la casilla 017, el importe reflejado es de 2.652 euros. Comprobamos el importe de la casilla 620 al que llamaremos Base Im. General.

Descargamos el programa PADRE 2010 y en el mismo y en la casilla 001 introducimos la cifra: (Base Im. General) más 2.652 euros.

Comprobamos entonces que tanto en la nueva declaración que hemos confeccionado como en la presentada, el importe de la casilla 620 es el mismo. Tendremos por tanto dos declaraciones con la misma Base Im. General.

Comprobamos que la suma de (689+690), es también la misma en las dos. A este importe le podemos llamar A.

Una vez comprobado, debemos modificar la declaración que hemos hecho nueva. En la casilla 001 a la cifra ((Base Im.General)más 2.652 euros) la restamos 406,78 euros.. Esto hará que se nos modifiquen la casilla 620 y además la suma de (689+690). A este último importe, le podemos llamar N.

La diferencia entre A y N, es la cantidad que nos tienen que devolver que podemos llamarla D. Si a esta última cantidad la dividimos entre 406,78 euros, nos dará lo que buscamos en un principio: el “tipo marginal” expresado en porcentaje. En el año 2010, las posibilidades de este dato eran: 24%, 28%, 37% y 43%.

Si en nuestra solicitud ante la Agencia Tributaria, especificamos nuestro “tipo marginal” y cuál es nuestra desviación de ingresos y realizamos la operación de 406,78 multiplicado por el “tipo marginal”correspondiente, nos dará el resultado de cuál es la cantidad que solicitamos que nos devuelvan.

Saludos.