De acuerdo que con el redactado la cosa podría ser interpretable. Pero tal como están las cosas de la AEAT, yo aconsejaría aplicar lo más prudente.
Fíjate que según el redactado, esos gastos anexos van entre paréntesis.
La frase, sin paréntesis, es así:
"Coste de adquisición satisfecho, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición sin incluir en el cómputo el valor del suelo. "
Leída así, yo interpretaría prudentemente que es deducible el precio base de la cosa (el vuelo), más todos los gastos anexos (desglosados o por prorrateo proporcional) que puedas justificar.
Y que el suelo, junto a los gastos anexos propios, no sería deducible por amortización.
Todo es interpretable y discutible, pero hecho así, creo que nunca tendrías problemas con la AEAT. De la otra manera, pues depende. A tu favor una posible interpretación del Manual de ayuda. Pero no necesariamete la única.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!