No te preocupes Pertus eso nos puede pasar a cualquiera.
En el artículo 198 de la LGT se establece literalmente: "Si se hubieran presentado en plazo autoliquidaciones o declaraciones incompletas, inexactas o con datos falsos y posteriormente se presentara fuera de plazo sin requerimiento previo una autoliquidación o declaración complementaria o sustitutiva de las anteriores, no se producirá la infracción a que se refiere el artículo 194 ó 199 de esta ley en relación con las autoliquidaciones o declaraciones presentadas en plazo y se impondrá la sanción que resulte de la aplicación de este apartado respecto de lo declarado fuera de plazo."
Es decir si quieres evitar por completo la sanción o en su caso una sanción mayor debes presentar declaración sustitutiva. A continuación te indico los pasos:
1. En el caso del modelo 303 vuelves a presentar el modelo con los datos correctos.
2. Marcas "declaración complementaria"
3. Escribes el "número de justificante" de la declaración anterior
4. Recuerda rellenar al casilla 47 con el resultado a ingresar de la declaración anterior
5. Lo presentas. Esto sustituirá a la anterior.
Yo entiendo que esta es la forma más escrupulosa de actuar en este caso.
Un saludo,