Venta de derechos sobrantes
Hola,
Mi pregunta supongo que es muy simple, pero no encuentro la respuesta exacta a mi caso. En las ampliaciones de capital en 2012 de varias acciones que tengo, opté por no dar ninguna orden y por lo tanto se me entregaron las acciones correspondientes y el banco vendió los derechos sobrantes (que no llegaban a completar una acción). El caso es que esos derechos sobrantes me aparecen en el borrador de renta 2012 en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales, con lo cual entiendo que tributan al 21%. Pero yo pensaba que los derechos sobrantes tenían la misma consideración que los derechos vendidos al emisor, es decir, como dividendos que están exentos hasta los 1500 euros. ¿Alguien podría aclararme si es correcto imputar esta ganancia al apartado de "ganancias y pérdidas patrimoniales" o al apartado de "capital mobiliario" como dividendos?
La fiscalidad aplicable en mi caso es la de la hacienda foral de Vizcaya, pero como muchas normas son similares, me gustaría que me indicasen cómo sería mi caso en el territorio común en caso de no conocer la normativa vizcaína.
Gracias y un saludo.