Ganancias y perdidas patrimoniales 2012
en el año 2010 fallece una persona y sus herederos en el impuesto de sucesiones valoran un bien en 44.000,00.-€, asimismo ese valor es el que le dan ante notario en la escritura de aceptación de la herencia en 2011; como no se ponian de acuerdo tuvieron que ir al juzgado en 08-2012 y por Auto se resolvio que dicho bien se lo adjudicaba uno de los herederos en 68.000,00.-€ compensando a los demas con dinero. Posteriormente en diciembre de 2012 el que se adjudico el bien lo vende por el mismo precio que se reflejo en el Auto Judicial esto es en 68.000,00.-€; ¿A la hora de hacer el IRPF de 2012, ¿el importe y la fecha de adjudicación es el del Imp.Sucesiones, 44000.-€ en 2010, o bien seria los datos del Auto judicial, o sea, 68.000.-€ en 2012?.