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Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

12 respuestas
Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)
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Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)
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#1

Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

He repasado el foro sobre este tema y hay mucho sobre la fiscalidad del prestamista, pero s.e.u.o. no veo recogida la fiscalidad para el prestatario cuando el prestamo es SIN INTERESES.

La cuestión que me interesa es: Prestamo entre particulares a interes cero. El prestatario (quien recibe el importe del prestamo) ¿tiene que declarar en IRPF ingresos por algun concepto ? No me refiero al principal del prestamo, sino por ejemplo a intereses o rentas teoricas al tipo de interes legal del dinero.

Gracias y saludos.

#2

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

El prestatario , no tiene nada que declarar en el IRPF , respecto a esta operación y si además no tiene intereses , pero si los tuviera seria el prestador el que debería declarar los intereses cobrados.

Otra cosa es que si este préstamo se destina a la adquisición de vivienda habitual, las amortizaciones del mismo se pueden considerar lo mismo que los pagos de hipoteca.

Debe existir un contrato , aunque no sea ante Notario , que estipule la no aplicación de intereses y el periodo de duración y las devoluciones pactadas. Es conveniente que las entregas y devoluciones se hagan mediante transferencias , para que quede constancia de los mismos.

Saludos

#3

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

Gracias Lunatico, por tu rapida respuesta.
Verás, es que recuerdo haber tenido que declarar ingresos (hace ya algunos años) por la diferencia de intereses entre un prestamo de mi empresa (a muy bajo tipo de interes) y los que teoricamente Hacienda establecía como "de mercado". Efectivamente tuve que incluir esa diferencia en mi declaracion de IRPF.
El caso que consulto es realmente el mismo, salvo que entre particulares, no se si esta será la razón para no tributar por el diferencial entre tipo cero y el tipo de mercado.
Gracias de nuevo

#4

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=prestamo+gratuito&Pos=2

En mi opinión, si se cumplen los requisitos de la consulta, no hay que tributar nada. Aunque han añadido la famosa frase de: "correspondiendo su valoración a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria", que hacen ver que "ellos" siempre tienen la última palabra.

Saludos.

#5

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

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Saludos

#6

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

Hay casos y casos. Si es un préstamo entre particulares "puros", y está documentado todo fehacientemente, se acepta lo de préstamo sin intereses.

Otra cosa es ya cuando no existe esa "pureza", sea por relaciones laborales, sea por destinar el préstamo a actividades económicas... Al ser actividades lucrativas, se sobreentiende que todas las operaciones que se den, deben interpretarse desde lo lucrativo, salvo prueba en contrario.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

Un padre le puede dejar a un hijo dinero y que el hijo lo tenga en depositos y se lo vaya devolviendo poco a poco?
Pregunto por una situacion muy concreta: el padre tiene 170.000 euros y en dos años tiene que comprar una vivienda porque la va a necesitar en esa fecha y no antes, por temas de trabajo. Para estar cubierto por el FGD, se podria hacer lo que digo? Es decir, un prestamo entre particulares a tipo 0 de unos 80.000€, que el hijo lo tenga en depósitos y que se lo vaya devolviendo al padre poco a poco, pongamos 300€/mes. Pero que se pueda hacer amortización total y a los dos años devolverle todo.

Lo que digo es viable?

#8

Re: Fiscalidad prestatario (prestamo entre particulares)

alguien me puede echar una mano con lo de arriba?