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Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica

3 respuestas
Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica
Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica
#1

Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica

Buanos días

Tengo una duda y es la siguiente:

Particular recibe comisión por una venta de terreno ¿ sería calificada como una gancancia patrimonial a imputan en la base del ahorro dado que es una operación exporádica que no va al volver a realizar o por el contrario sería calificada como actividad economica por parte de Hacienda e imputada en la escala general???

Si fuera actividad economica habría que darse de alta en el IAE y en autónomos, si quien recibe la comisión es un jubilado, tendria alguna consecuencia en su pensión?

Otra cuestión que tengo duda es ¿si la comisión llevaría iva o no??

Gracias

#2

Re: Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica

Yo entiendo que es un incremento de patrimonio no derivado de la transmisión de un elemento patrimonial (como un premio), ya que si no es tu trabajo, no es rendimiento del trabajo; y si no eres empresario o profesional, no puede ser rendimiento empresarial. Por supuesto que si sólo ha ocurrido una vez, es absurdo darte de alta de nada, y desde luego, no puedes repercutirle Iva.

Un saludo

#3

Re: Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica

La actividad de comisionista, a efectos del IVA, es una prestación de servicios. Las prestaciones de servicios, salvo que se desarrollen en el marco de una relación laboral, están sujetas al IVA. Hay ciertas pretaciones de servicios, sujetas al IVA, que gozan de exención, como ciertos servicios financieros, el arrendamiento de viviendas, etc.

Se podría razonar (hay consulta vinculante) que una única y puntual actividad de mediación entre las partes, al margen totalmente de lo que fue o es la actividad habitual del declarante, no constituye prestación de servicios sujeta al IVA.
Para el IRPF, el encaje más adecuado podría ser la de ganancia NO procedente de transmisión, en la base general, sin retención.

Se podría ubicar también esta actividad/retribución como un supuesto de prestación de asistencia técnica, al margen de una actividad económica. En tal caso, tampoco llevaría IVA, pero en el IRPF llevaría retención, y se declararía en los rendimientos del capital mobiliario, base general.

Y por supuesto, si el importe íntegro de la comisión a percibir es inferior al SMI y ya está jubilado, podría darse de alta censal en actividades económicas, sin alta en autónomos ni efectos sobre la pensión.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Comision venta terreno ganacia patrimonial o actividad economica

Gracias por la respuesta

Un saludo