Te cuento el tema tal como yo lo veo.
Primero, para que puedas compensar esas minusvalías de 3.000 € materializadas en el 2012, tendrás que haberlas declarado en la declaración del IRPF que hayas presentado este año. Si lo has hecho, esas minusvalías habrán formado parte integrante de las rentas del ahorro y se podrán compensar con plusvalías que tributen en esa misma parte del IRPF hasta el 2016.
Respecto de las plusvalías de 8.000 € de este año, lo primero es ver si son de período de generación superior o inferior al año, o sea, si ha pasado más de un año entre la compra y la venta de las acciones que generan la plusvalía o no. Si ha pasado más de un año, podrás compensar los 8.000 € con los 3.000 €, ya que ambas cantidades tributarán en la parte del ahorro. Si no ha pasado más de un año, no podrás compensarlas ni este ejercicio ni en los siguientes, ya que los 8.000 € van a tributar en la parte general del IRPF y sólo se podrán compensar con otras rentas que tributen en la misma parte del impuesto.
Saludos.