Me gustaría ampliar un poco más la pregunta:
En realidad lo que se pretende hacer es que en la cuenta del abuelo figure como TITULAR el nieto y el abuelo como AUTORIZADO, ya que por problemas con la familia el propio abuelo no quiere que estos hereden NADA, sólo el nieto.
Por lo tanto, al ser una cantidad pomposa, se trata de hacer una donación y pagar las tasas correspondientes a estas, sobretodo tiene que estar todo legal para que luego "los otros" no puedan reclamar nada...
La segunda parte de la pregunta es..
Al abuelo le ingresan una pensión que cada mes quitando gastos, genera unos pocos ingresos, hasta el día de su muerte (dios quiera que falte mucho) estos ingresos se podrían hacer a la cuenta donde el titular es el nieto??? O habría algún tipo de problema luego para justificar ese dinero de más que no se declaró en la donación???
Pongamos que en la donación se declarán 180.000€ y esta cantidad figura en la cuenta conjunta donde el nieto es el titular y el día de la muerte del abuelo, con los consiguientes ahorros que el abuelo haya podido realizar de su pensión esta cifra asciende a 190.000€
Alguien podría reclamar esos 10.000€? Ya sean herederos o hacienda???
Como último dato aportar que el abuelo en cuestión no tiene hijos, ambos fallecieron, pero si nietos y demás familia.
Muchas gracias por vuestro tiempo, sois de gran ayuda!