Re: Escritura de adjudicación de una herencia
No es obligatorio hacer (aunque si conveniente) hacer la escritura de adjudicación ahora, estoy ya hartito de decirlo en varios hilos, y quien te diga lo contrario miente o lo desconoce. Se pueden pagar perfectamente todos los impuestos sin hacerlo, incluido el IRPF, ya que el hecho de que el piso no aparezca a vuestro nombre no os exime de pagar por la parte que os toca en teoría el rendimiento del capital inmobiliario correspondiente, sólo que como el catastro no tiene esos datos, no los comunica a la AEAT y no os aparecerá en el borrador.
Mucha gente espera a regularizar cuando fallece el segundo cónyuge, sobre todo si son ya mayores, otra cosa es que el primero muriera jóven y entonces la situación se podría extender demasiado en el tiempo, o que se quisiera transmitir el inmueble
Un saludo