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Regla dos meses y/o FIFO

12 respuestas
Regla dos meses y/o FIFO
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#9

Re: Regla dos meses y/o FIFO

Vale, yo creo que es cuestión de que no me explico bien pero, según tu correo, es lo mismo que indicaba yo.
En teoría, una plusvalía de 20000 Euros tendría un tipo de aprox. el 21% (según tablas si no hubiera otras operaciones). Esto quiere decir que pagaría unos 4200 Euros.
La minusvalía, de 5000 Euros, iría a compensar esos 4200 Euros, con lo cual no pagaría nada y, todavía quedarían 800 por compensar para el ejercicio presente o el siguiente...
Tota, compensando como indicas, me quedan limpios 15000 y aún 800 por compensar.

Si declaro 15000 Euros de plusvalía total, pagaría ese mismo tipo del 21%, es decir, unos 3150, y me quedarían netos 11850. Es decir, mucho menos.
No se si ves lo que intento explicar. En definitiva, que la compensación de la minusvalía no se hace sobre el total de la plusvalía sino, sobre el tipo que se paga por la plusvalía.... Si no, sería un chollo..
Gracias!
Saludos.

#10

Re: Regla dos meses y/o FIFO

Creo que no es que te expliques mal , es que las normas tributarias , no son como comentas.

Lo que se compensan son las perdidas o ganancias , antes de empezar a aplicar la tarifa ya que esta se aplica sobre los netos a declarar.

Las minusvalias o perdidas no se aplican directamente a la cuota ( aplicada la tarifa a la Base) como parece que entiendes en tu razonamiento , se aplican en la Base.... ganancias de 20.000 y perdidas de 5.000 , dan un Neto en la Base de 15.000 que es sobre lo que se aplica la tarifa.

Saludos

#11

Re: Regla dos meses y/o FIFO

Creo que tienes razón.
Claro, de esa manera, Hacienda se llevará bastante más....tiene lógica. Yo creo que me he confundido con el caso de acciones NO homogéneas. Es decir, si salieran minusvalías, podría compensar con plusvalías de otras acciones no homogéneas, ¿correcto? Pero, ¿cómo sería esa compensación? Creo que, entonces sería compensable un máximo del 25% del saldo positivo de ese mismo año en otro componente de la base imponible del ahorro.... Según he encontrado por ahí y cito abajo:

"Si el resultado de la integración y compensación de las ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de acciones en el año fuera negativo, su importe se podrá compensar con el saldo positivo de ese mismo año, del otro componente de la base imponible del ahorro, fundamentalmente, rendimientos de capital mobiliario derivados de intereses de cuentas, obligaciones y bonos, dividendos y similares.

El límite para esta compensación es del 25 por ciento de dicho saldo positivo. Si tras dichas compensaciones quedase saldo negativo, su importe se compensará en los cuatro años siguientes. Durante 2015, 2016 y 2017 el porcentaje de compensación no será del 25 por ciento, sino del 10, 15 y 20 por ciento respectivamente"

¿Es correcto lo que entiendo?

También me he confundido porque al final, es como hacer un precio medio...que es lo que te comentaba en mi primera respuesta... hacer el neto 15000 ·Euros es como si hubieras comprado las 15000 acciones a 7 euros de precio medio y, vendido a 8.....
Vamos, que no iba yo tan mal...

#12

Re: Regla dos meses y/o FIFO

#13

Re: Regla dos meses y/o FIFO

Asi es , pero siempre con Bases Imponibles y nunca con Cuotas , la compensacion es indiferente de que sean de titulos homogeneos o de otros activos.

Saludos