Gracias por contestar.
Mi tío la compró en los años 50. Era una vivienda con la renta congelada y de esas en que se subrogaba la mujer a la muerte del marido y luego el hijo/a (lo que luego se llamó renta antigua). Por entonces ya llevaban bastantes años congeladas las rentas así que se la compró al casero, que estaba harto, por el equivalente en ptas a 60€ (el valor actualizado con el coeficiente que corresponde: 79€). La inquilina (2ª subrogada) falleció el año pasado y mi tío vendió el piso.
Lo que no sé es si estarán mal calculadas las amortizaciones, porque hasta el año inmediatamente anterior a la venta, se declaraba en los rendimientos por el alquiler como amortización el 3% del valor catastral de construcción (unos 8.000€ en 2012). Así que, solo con la amortización de 2012 (240€) ya supera el valor de adquisición actualizado.
Mi duda es si poner directamente como valor de adquisición 0,00€ o poner una amortización en algún año tal que salga 0 directamente (por ejemplo, en 2012, 79€), porque, aunque en las casillas dará igual, supongo que esa información sí que se guardará en el código de puntos y supongo que puede llamar la atención que el piso haya sido adquirido por 0,00€.