Buenas tardes,
Solo se podrá aplicar una deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razones de discapacidad en la Declaración de la Renta de aquellos contribuyentes que sean copropietarios de la vivienda y la utilicen como vivienda habitual.
Para ello, las obras de modificación de elementos comunes del edificio que sirvan de paso necesario entre la vía pública y la finca urbana, tales como escaleras, ascensores, pasillos, portales o cualquier otro elemento arquitectónico deberán tener un certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de las CCAA en materia de valoración de discapacidades que acredite que estas obras e instalaciones de adecuación son necesarias para la accesibilidad y comunicación sensorial que facilite el desenvolvimiento digno y adecuado de la persona discapacitada.
Un saludo,
Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/