¿Cómo se interpreta la siguiente 'Notificación de resolución expresa del procedimiento'?
Buenos días Rankian@s.
Querría consultaros cómo hay que interpretar una 'Notificación de resolución expresa del procedimiento' remitida por la Agencia Tributaria en donde se indica que:
Como resultado de la verificación de datos realizada en relación con su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2013, y habiendo estimado las alegaciones presentadas, esta oficina le comunica que conforme a la normativa vigente no procede practicar liquidación provisional.
Con la notificación de este acuerdo finaliza el procedimiento de verificación de datos que estaba en curso. La verificación de datos realizada no impedirá la posterior comprobación del objeto de la misma.
Interpreto que la Administración da la razón al contribuyente (el usuario Trayetes informó de una notificación similar en una consulta antigua, https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/964965-hacienda-envia-paralela-ano-2009?page=4#respuesta_1114851), aunque me surge la duda de cuándo hará efectiva la Administración el pago de la mencionada declaración anual, que cuando el contribuyente la presentó originalmente tenía un resultado 'a devolver' según los cálculos que realizó (y a los que ahora la Administración da la razón).
En la notificación no se menciona nada al respecto, ni plazos que deban tenerse en cuenta.
Gracias por vuestros comentarios.