Re: Trámites de Herencia
A partir de que cantidad tendría que tributar la devolución del IRPF por Sucesiones? Porque a lo mejor hasta me interesa renunciar a esa posible devolución...
Gracias por las respuestas
A partir de que cantidad tendría que tributar la devolución del IRPF por Sucesiones? Porque a lo mejor hasta me interesa renunciar a esa posible devolución...
Gracias por las respuestas
importes superiores a 2.000,00.-euros, salvo mejor opinion
Es decir, que si a mi madre le devuelven menos de 2000 € el año que viene en la declaración de la renta no tendría que presentar una complementaria de Sucesiones... ok, muchisimas gracias!
efectivamente, pero tendrias de todos modos que presentar los imp. de sucesiones y demas documentos que te pediran en hacienda, existe un impreso en hacienda MODELO H100 que es para eso. salvo mejor opinión
En ese modelo se establece la documentación a presentar para que devuelvan la cuota negativa de IRPF a los herederos, pero me hace gracia ese baremo que establece sin ningún tipo de justificación la AEAT para pasar o no la solicitud de devolución por sucesiones, si es menor de 2.000 no te lo exigen, y si es mayor si. No tiene en cuenta que esos 2.000 euros de mas, si bien en muchos casos no pagarán nada en sucesiones, en algunos casos pueden llegar a tributar entre 150 y trescientos y pico según el grado de parentesco en sucesiones, recaudación que no pierden ellos sino la CCAA.
Supongo que es a efectos prácticos, aunque ya puestos a pedir, es raro que no lo pidan en todos los casos.
En cualquier caso, es información interesante.
Un saludo
¡¡ A 500 Kms está el Registro de la Propiedad!!, ¿ no habrás querido decir 50 Kms?, en cualquier cado supongo que habrá otras formas de presentarlo, llama al Registro correspondiente que seguro te dan una solución.
Tampoco creo que sea tan extraño heredar propiedades en distinta comunidad autónoma de la que uno vive... 500 kms puede ser de Sevilla a Madrid, no es algo tan excepcional. Por eso quiero saber si puedo hacerlo de forma no presencial, si fuesen 50 kms o incluso 100 no tendría problemas en ir.
Un saludo y gracias por las respuestas
una vez pagados los impuestos y con la escritura en la mano, puedes llamar por telefono al registro de la propiedad, preguntarles la dirección y enviarsela por correo o similar, una vez finalizado el registro te llamara con la cantidad que le tienes que ingresar y ellos te envian de vuelta, a portes debidos, la escritura; asi con todos los registros de la propiedad que necesites. salvo mejor opinion