Deuda subordinada y renta
Deuda subordianada que se aortizó en 2014, tenía una duración de dos años. A la amortización ha producido unos intereses sin retencion, por llo Hacienda no hace borrador.
El esposo falleció hace cuatro años. ¿Debe declarar la viuda solamente la mitad que le correspponde? El programa Padre le asigna la mitad y no permite modificación.
Gracias