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IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

5 respuestas
IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!
IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!
#1

IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

Buenas tardes compañeros rankianos.

Apelo a vuestra sabiduría pues me encuentro en una situación un tanto particular.

En 2014 residí en el extranjero entre los meses de Enero y Abril, siendo residente en España a partir de Mayo.

Duda nº 1.- El caso es que la vivienda en la que residí en el extranjero es de mi propiedad, y pago hipoteca por ella. La duda que me surge es si a la hora de aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual hay algún tipo de limitación en cuanto a la localización de dicha vivienda, es decir, si me puedo deducir la hipoteca de una vivienda aún estando situada en el extranjero. Obviamente me deduciría solamente lo pagado los cuatro primeros meses del año.

Duda nº 2.- De Enero a Abril recibí nómina y tributé por ella en el extranjero, el resto del año recibí nóminas en España y tributé por ellas en España. Sé que tengo que aplicarme la deducción por doble imposición internacional, pero mi duda es si me la he aplicado correctamente. He hecho lo siguiente:

En Rendimientos de trabajo (casilla 001) he sumado a mi salario por España el sueldo bruto recibido en el extranjero, y sumado en la casilla de "seguridad social y otros" (casilla 011) los gastos deducibles de mis rendimientos del trabajo en el extranjero.
¿Qué he considerado gastos deducibles? Pues la diferencia entre mi salario bruto y la suma de mi salario neto y las retenciones (Gastos deducibles= Salario bruto - (Salario Neto + Retenciones))
En la casilla de retenciones he dejado simplemente las aplicadas en España.

Luego me he ido a la página 15, casilla 583 y he metido lo siguiente:

Rendimiento Neto de trabajo recibido en el extranjero: Salario Bruto menos gastos deducibles (Calculados de la forma anteriormente expuesta)

Impuesto satisfecho en el extranjero: retenciones

¿Lo he hecho correctamente?

Muchas gracias!

#2

Re: IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

Sobre la deduccion por hipoteca de la vivienda , no puedes aplicarte nada, ya que no tiene la condicion de vivienda habitual, si no resides de continuo en dicha vivienda. Es mas tienes que declarar por renta imputada por "a disposicion del propietario".

Si resides en España de continuo en otra vivienda de tu propiedad, si has estado mas de 183 dias del 2014 residendo, esta vivienda si podria tener la condicion de habitual. Si estas de alquiler puedes declarar este alquiler por si tienes derecho a deduccion por alquiler.

En cuanto a los rendimientos del trabajo: Si has tributado por estos rendimientos en el pais de origen , que tenga convenio con España de para evitar doble imposicion, mi criterio es declarar como sigue:

En el 001 solo declaras los rendimientos y retenciones cobradas en España, con sus gastos de SS.SS.

En la Casilla 522 Pagina 14(IV) pones el importe bruto cobrado en el pais extranjero. Actua solo para aplicar la Tarifa del impuesto con estos rendimientos incluidos.

En la Casilla 583 cumplimentas Tipo "1" Rentas incluidas en la Base general = Rendimiento Neto cobrado en el extranjero ... Impuesto satisfecho en el extranjero.

Has trabajado para la misma empresa en el extranjero que en España ? porque en ese caso tendrias que ver si puedes acogerte a la exencion de los primeros 60.000 euros, pero la empresa tendria que confirmartelo, si cumple determinadas condiciones.

Saludos

#3

Re: IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

Gracias por la repuesta. Varios apuntes:

- La vivienda en el extranjero, en la que residí los cuatro primeros meses del 2014, fue mi vivienda habitual desde 2009. No he visto que haya ningún requisito que diga que tengas que residir más de 183 días en una vivienda durante un determinado año para considerarla habitual a efectos de la deducción por adquisición. (Igual no lo he visto)

- Los rendimientos del trabajo son en Holanda, sí existe convenio de doble imposición.
Si cumplimento las casillas 522 y 583 me sale una burrada a devolver, si solo aplico la 522 o lo hago como expliqué en el primer post (001+583) me sale casi a cero. Creo que por lógica no puedo aplicarme la deducción por doble imposición si no declaro previamente los rendimientos del trabajo en la casilla 001.

- Sí, la empresa para la que he trabajado en ambos países es la misma. Entiendo que la exención de los 60.000 € es para desplazamientos temporales, no para cambios permanentes de centro de trabajo, ¿me equivoco?

Muchas gracias otra vez.

#4

Re: IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

Como has estado declarando en los ejercicios 2013-2012-2011-2010 desde que adquieres esta vivienda en Holanda ? .

Declaraste como no residente IRNR en estos ejercicios en España, por las rentas obtenidas en este pais? Y como se trato esta vivienda en estas declaraciones.

Supongo que ahora en este 2014 si eres residente en España (superar los 183 dias) y te corresponde presentar el IRPF y no el IRNR.

La deduccion por la inversion en la vivienda en Holanda, entiendo que no puedes aplicarte deduccionen en el IRPF , por no ser contribuyente por este impuesto durante los ejercicios en que ocupaste esta vivienda como habitual. ( lo de 183 dias es para ser residente)

Tu declararias en Holanda y si acaso en el IRNR en España.

Si no tienes derecho a la exencion del art 7 p) de los 60.000 euros, como has tributado en Holanda por los rendimientos , al tener convenio de doble imposicion, entiendo que es correcto el comentario que te he expuesto.

El incluir en la Casilla 522 el Bruto cobrado en Holanda , es para obtener una tipo impositivo como si se declarar en España, pero sin inlcuirlo en su Base Liquidable.

El incluir en la Casilla 583 , tu Neto cobrado y tu Retencion , es para calcular que impuesto correponderia a España y que retencion seria de aplicar ( menor a la retenida en origen).

NO me he leido le convenio , pero si entiendo que este mecanismo seria el correcto, salvo que en el convenio este estipulado de otra forma.

Saludos

#5

Re: IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

Efectivamente este es mi primer año como residente fiscal en España. Anteriormente tributaba simple y llanamente por Holanda, pues era donde residía.

Entiendo lo que comentas de la vivienda, intentaré confirmarlo con Hacienda (aunque siempre me transfieren y me dejan en espera)

Respecto a cómo aplicar la deducción por doble imposición entiendo que funciona de la siguiente manera:
- Los rendimientos en Holanda debo declararlos en España al tener que tributar por mi renta mundial(casilla 001), luego no estarían exentos (casilla 522)
- Al haber tributado por ellos previamente en Holanda (retenciones) debo aplicarme la deducción por doble imposición (casilla 583)

Me leeré bien el convenio e intentaré consultarlo con el teléfono de Hacienda (si me cogen claro)

Como siempre, muchas gracias.

#6

Re: IRPF: Rendimientos del trabajo e hipoteca en el extranjero. Ayuda!

Si lo que has llamado tributar en Holanda, es solo las retenciones, entonces no estan exentos de tributacion en España y el mecanismo seria distinto: (Habia entendido que habias tributado de forma efectiva)

Casilla 001.- Rendimiento 1 de 2 = Lo cobrado en España con su rentencion y gastos de SS.SS.

Casilla 001.- Rendimiento 2 de 2 ( Dandose de "Alta Rendimiento" se obtiene otra ventana), donde declaras los rendimientos brutos cobrados en Holanda , sin incluir retenciones, pero si posibles gastos pagados o deducidos en Holanda.

Casilla 583 , como habiamos comentado anteriormente.

Saludos