¿Exención por reinversión en vivienda habitual en cuanto a 1/2 sí y en cuanto a 1/2 no?
Hola, buenas tardes. Os comento el problema que se le ha planteado a un amigo, y la verdad, le doy vueltas y vueltas, y a ratos lo veo de una manera, y a ratos de otra, y no encuentro ninguna consulta con algún caso parecido:
Resulta que, con el divorcio, compró la mitad indivisa que pertenecía a su pareja de la vivienda que era habitual de ambos, por residir allí durante más de tres años. Esto fue el año pasado. Ahora la va a vender y va a comprarse otra vivienda que destinará a vivienda habitual.
La duda es: en cuanto a su mitad indivisa, adquirida hace diez años, no hay problema, hay reinversión por llevar más de tres años habitándola efectivamente; pero en cuanto a la mitad adquirida el año pasado, ¿hay reinversión o no? Es cierto que no hace tres años que la adquirió, pero sí que la vivienda es la suya habitual desde hace mucho más. No puede ser vivienda habitual la mitad de una finca, pero lo que entiendo que hay reinversión, porque era vivienda habitual toda la finca desde hace 10 años, pero como Hacienda hila tan fino a veces, me da cosa que por el concepto jurídico, como adquirió una mitad hace un año, no le acepte la reinversión de esa mitad.
¿Cómo lo veis? ¿habéis visto algún caso o consulta similar?
La verdad es que está muy apurado, pues le da miedo que dentro de unos años, por un mal paso que puede evitar ahora, le venga Hacienda con una paralela, y estas revisiones son un pastón.
Muchas gracias.
Saludos.