Re: Qué porcentaje de IRPF me tienen que aplicar: ayuda
Cabría la posibilidad de que si tienes facturas de muebles y electrodomésticos, puedas practicar amortización.
El 10% que te he puesto en anteriores comentarios es el máximo que te podrías deducir.
Pero la normativa, además de ese tipo máximo indica, que lo puedes hacer en un plazo máximo de 20 años. Si por ejemplo compraste los muebles en el año 2000 y los has utilizado tu, podrías considerar que has amortizado durante 15 años al 5 por ciento, total 75 por ciento del valor de los muebles amortizado. El 25% restante que queda por amortizar y que se encuentra alquilado, lo puedes hacer en los cinco años siguientes.
Puedes amortizar el 3% del valor de adquisición del inmueble exceptuando el valor del suelo, es decir solamente sobre el valor de la construcción.
Y si el valor catastral fuese mayor, los puedes hacer sobre este, excluyendo el valor del suelo.
Un saludo.