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¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

18 respuestas
¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?
¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?
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#1

¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

http://www.abc.es/economia/abci-supremo-sentencia-rescatar-plan-pensiones-desempleo-no-impide-cobrar-paro-201603021347_noticia.html
http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/10920-ts:-el-rescate-de-un-plan-de-pensiones-no-impide-cobrar-el-paro/

Os dejo aquí esta noticia donde dice que el tribunal supremo dice que se ha de computar, en el caso de rescate de un plan de pensiones por estar en el paro, como incremento patrimonial a la hora de declararlo en el irpf y no como rentas del trabajo como hasta ahora.
El tema es lo suficientemente importante por lo siguiente: Imaginaos un señor con un plan de pensiones que tiene unos derechos consolidados de 100.000 de los cuales 5.900 son plusvalía, este señor al hacer su renta y reintegrar su plan de pensiones tendría que pagar sobre los 50.000 euros, redondeando, en impuestos, puesto que el porcentaje para las rentas del trabajo y sobre este importe ronda el 50% de marginal.Pero si nos ceñimos a la resolución del supremo, si rescatamos ese plan de pensiones con una plusvalía de 5.900 euros hemos de pagar un 19%, esto es 1.121 euros, es decir hay casi 48.900 euros de diferencia de una manera de tributar a otra.¿Que opinais? Es así como lo interpreto yo? O me estoy equivocando? Y otra cosa, entre la normativa de hacienda, la dirección general de seguros y una sentencia del tribunal supremo que crea jurisprudencia, cual prevalece? Gracias por vuestra lectura.

#2

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

La noticia, me parece bien.

Tu interpretación, errónea.

Pero puedo estar equivocado.

Un saludo.

#3

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Al igual que batiscafo, entiendo que no lo has interpretado bien, la sentencia sólo afecta a la posibilidad de cobro de una indemnización por desempleo a pesar de haber rescatado un plan de pensiones. Como ese rescate tributa en IRPF como renta, el SPEE entendía que suponía un quebranto de la norma de no poder cobrar cierta cantidad de renta aparte del subsidio, con lo que se la retiró. El tribunal le rectifica considerando A ESOS EFECTOS NADA MAS, NO RESPECTO AL IRPF, QUE NO SE PLANTEA, que la renta recibida en el rescate es la plusvalía, pero no el total rescatado, con lo que no superaría los límites para retirarle el subsidio. Vamos, así lo interpreto yo.

Un saludo

#4

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Hola Batiscafo y Leopol 72. Entiendo lo que decís y es com yo también lo entendía. Pero me queda la duda de si, solo es a efectos de cobro de inem o es en genérico. Os pregunto: Si el tribunal supremo dice que el plan de pensiones lo tengo que considerar por las plusvalías ocasionadas y no en renta, no me está diciendo que lo incorpore dentro del IRPF en la base del ahorro y no en la base general?

#5

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Con respecto al impuesto en el IRPF de los rescates de los planes de pensiones, no hay modificación, se consideran Rentas del Trabajo, con las reducciones estipuladas para el caso de rescate en forma de Capital.

Cuando haces las aportaciones a los Fondos de Pensiones, estas minoran las bases imponibles donde se integran las Rentas del Trabajo, por tanto en su rescate, estas deben mantener el mismo criterio de imputación.

Saludos

#6

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Que yo vea, no afecta para nada ni se discute ni menciona la imputación o tributación en el IRPF del rescate de los fondos de pensiones. Es todo a efectos de límites para percepción de prestaciones de desempleo o lo que sea que estén discutiendo.

Un saludo

#7

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Correcto Lunático, hasta hoy es como tú dices. Yo lo que pregunto es que si alguien sabe que tiene más rango, una sentencia del supremo o el reglamento de hacienda o la ley de seguros. Porque creo que si tiene más rango el supremo, este dice al INE M, que el cobro de un plan de pensiones no debe computarse como rentas del trabajo, sino que tributa por la plusvalía. No pensais lo mismo?

#8

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Creo que deberías leer la Sentencia: http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=7612472&links=%2265%2F2016%22&optimize=20160303&publicinterface=true Resumo lo que creo más importante:

QUINTO.- 1.- Procede examinar si el rescate del Plan de Pensiones por importe de 16.125,43 €, realizado por la actora el 16 de enero de 2007, puede considerarse como renta o ingreso computable en su totalidad, a efectos de determinar la subsistencia del requisito de carencia de rentas para seguir percibiendo el subsidio de desempleo.
Más abajo:
3.- Aplicando la doctrina anteriormente consignada se concluye que las únicas rentas o ingresos, computables de la actora son los rendimientos, plusvalías o beneficios que le haya podido generar el Plan de Pensiones durante el tiempo en el que el mismo subsistió, sin que quepa imputar como renta o ingreso el importe total del rescate del mismo, es decir 16.125#43 €. Al no constar si han existido tales beneficios, plusvalías o rentas ni, en su caso, el importe de los mismos, la actora no ha cometido la infracción que el SPEE le imputa, a saber, no comunicar la obtención de las rentas y percibir prestación por desempleo indebidamente.
No veo por ninguna parte, que la Sentencia diga que la cantidad percibida deba TRIBUTAR por trabajo o por ganancias. Sino que impone una forma dirigida al SEPE para calcular las rentas o ingresos computables a la hora de tener o no el derecho a cobrar el subsidio de desempleo. Ejemplo sencillo. Tienes un plan de pensiones con aportaciones de 19.000 euros con derechos consolidados de 20.000 euros. Pierdes el trabajo, se te acaba la prestación y rescatas el plan de pensiones por un importe de 21.000 euros. Al parecer, el SEPE consideraba que en el momento del rescate los ingresos computables serían de 21.000 euros. Cuando tu "ganancia" no supera los 2.000 euros. Imagina un caso que podría ser más desfavorable: que el valor de rescate fuese de 18.000 euros con aportaciones de 19.000 euros. La Agencia Tributaria, dice que tus ingresos en ese ejercicio han sido de 21.000 euros por rendimientos de trabajo personal. Pero tu has restado en anteriores declaraciones de tus rendimientos de trabajo 19.000 euros y no tributaste por ellos. Pero al parecer, lo que tu interpretas es que a partir de ahora en los rescates de planes de pensiones solamente se tribute por las revalorizaciones. En el ejemplo que te he puesto por 2.000 euros en caso de ganancias o -1.000 en caso de pérdidas. Como los fondos de inversión, pero con la ventaja añadida que las aportaciones anuales que hagas a los mismos, te harán reducir tu base imponible por el importe de las mismas. Pero puedo estar equivocado. Un saludo.
#9

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

corecto, leyendo la sentencia he llegado a esa conclusión que tu dices. si el supremo le dice al spee que el rescate de plan de pensiones no es una renta del trabajo por su totalidad, sino sòlo por las plusvalás obtenidas, la pregunta es: Esta jurisprudencia del supremo está por encima de la normativa de hacienda o de la ley del seguro? Porque si esta sentencia tiene más rango que lo que he comentado antes, esto da un vuelco total a la tributacción de los planes de pensiones. Dicho de otra manera, es normal que el supremo le diga al SPEE que se ha de considerar como rentas del trabajo las plusvalías de los planes de pensiones y que hacienda te haga tributar por la totalidad de los derechos consolidados en el momento del rescate como rendimientos del trabajo?

#10

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Contestando un poco a lo bruto, las sentencias lo que hacen es interpretar las Leyes. Cuando esas interpretaciones son reiterativas lo que hacen es sentar antecedentes en cómo debe interpretarse la Ley en situaciones idénticas. La sentencia a la que aludes interpreta solamente normas de lo social y normas sancionadoras, pero en ningún momento entra en la normativa fiscal.

Como ya te han dicho anteriormente, interpreta lo que debe de considerarse renta o no debe de considerarse renta para el cumplimiento de los requisitos para cobrar un subsidio. Pero ni menciona que la tributación sea de una manera o de otra. Tributa en su totalidad la prestación, como rendimiento de trabajo.

Saludos.

#11

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Hazme un favor.

Repasa la sentencia y dime (con un copia y pega) dónde dice cómo debe de TRIBUTAR un plan de pensiones.

Un saludo.

#12

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

De momento no hay ningún vuelco, ni parece que lo vaya a haber por esa sentencia, creo que te estas ilusionando sin fundamento...

Un saludo

#13

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Hola Batiscafo, te copia el párrafo.

"Aplicando la doctrina anteriormente consignada se concluye que las únicas rentas o ingresos, computables de la actora son los rendimientos, plusvalías o beneficios que le haya podido generar el Plan de Pensiones durante el tiempo en el que el mismo subsistió, sin que quepa imputar como renta o ingreso el importe total del rescate del mismo, es decir 16.125#43 €."

Imagina, por un momento, que no tenemos ni idea de IRPF. Imagina que con esta frase hemos de llevar los ingresos a la declaración de renta e imagina que las plusvalías han sido de 1.000 euros. (Ya sé que es mucho imaginar, pero imagínate esto por un momento).

Si tuviéramos que hacer la renta con lo que dice la sentencia, no con la normativa de IRPF. no llevaríamos los 16.125,43 a la casilla de "rentas del trabajo", no? Llevaríamos 1.000 a la casilla plusvalías dentro del apartado "rentas del ahorro". ¿Sí? Pues eso, vuelvo a la cuestión, que tiene más rango una sentencia del supremo o la ley del IRPF?

Otra cosa que hace pensar de esta sentencia es la siguiente. La sra. en su momento original tuvo que hacer (y pagar) su declaración de renta porque tuvo dos pagadores en ese ejercicio. El plan de pensiones y el SPEE. Pero si el tribunal supremo dice que el plan de pensiones no consta como rendimientos del trabajo, esto es, como rentas, sólo tendría un pagador y no tendría obligación de hacer la declaración. No lo ves tú así?

#14

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

Pero el párrafo que citas, es para la declaración de ingresos a computar en la obtención de un subsidio.

No habla para nada de cómo deben de tributar. De hecho, la persona que hizo el recurso, tributó de forma correcta incluyéndolo como rendimientos de trabajo.

Hablando de rangos. Si la sentencia fuese del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y entrara a valorar cómo se deben de declarar los rescates de los planes de pensiones apoyando tu interpretación, pues yo haría caso a la sentencia y me imagino que la Agencia Tributaria acataría la decisión.

Pero lo que yo creo es que tu has interpretado mal una Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social.

Tu haz la declaración de la renta como tu interpretes, porque para eso es una autoliquidación. Me imagino que tendrías un requerimiento y después solamente te quedaría la labor de convencer al funcionario de turno que no tienes ni idea de IRPF pero que solamente has leído una frase de una sentencia por la que te da la razón. Seguramente, si continúas en tu idea llegues hasta el Supremo donde se dilucidará quién tiene o no razón. Y en el hipotético caso de que te dieran la razón, muchos contribuyentes te lo van a agradecer.

Sobre el último apartado de tu comentario. Lo que dice la Sentencia es que la reclamante presentó declaración de renta. No dice que estuviera o no obligada. Pudiera ser que sí que lo estuviera por el motivo de tener dos pagadores, porque hubiese tenido ganancias en bolsa, porque tuviese otros ingresos..., pero pudiera ocurrir que no estuviese obligada y la presentó porque el resultado fuese "a devolver".

Un saludo.

#15

Re: ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?

No se puede descontextualizar una sola frase. El todo de la sentencia hace referencia a lo que debe de considerarse renta a la hora de tener derecho a percibir un subsidio. Si analizas esos requisitos (páginas 7 y 8) http://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_prestaciones/folleto_sub_desemp_esp.pdf , por ejemplo, están diciendo que si tienes un fondo de inversión tienes que computar como renta un rendimiento presunto igual al interés legal del valor del fondo.

¿Es esto un vuelco a la tributación en IRPF? No. Porque no habla para nada de cómo hay que tributar el fondo de inversión, hablan de lo que se considera renta o no a los solos efectos de tener derecho o no a percibir el subisidio.

Igual establece la sentencia. Lo que de un plan de pensiones debe de considerarse renta a los solos efectos de la percepción del subsidio, pero no entra para nada en qué es rendimiento a efectos del IRPF.

Saludos.