No, no tenía que pagar 3068 euros. Me debo haber explicado mal, pérdoname.
Mira, te vuelvo a explicar. En la declaración que yo presenté (Después de una reclamación por otra cosa distinta a la actual) Hacienda me hizo una "resolución de liquidación provisional" (sobre la cual yo ya no reclamé nada) y me abonó 96 euros. Concretamente esos 96 euros aparecen en la casilla "615 resultado regularización [(610)-(611) + (612)]".
Claro Hacienda me devuelve 96 euros en su momento, pero claro, ahora que me ha tocado devolver el paro cobrado en ese año, unos 4100 euros. Por tanto se me debe devolver el IRPF de esos 4100 euros que en su momento pagué. En consecuencia, estamos hablando de que ahora, con la Declaración modificada y quitado esos 4100 euros, me sale en la casilla 620 "resultado a ingresar o devolver" :-1.135 euros.
Por tanto, mi pregunta es, como en su momento Hacienda me ingresó 96 euros y ahora me debe dar 1.135 euros, entiendo que a esos 1.135 le resto los 96 y esa es la cantidad que ahora debo reclamar, ¿cierto? Los intereses legales del dinero ¿lo calculo yo también o simplemente indico que se abonen y ya que Hacienda los calcule?
A veces, me he dado cuenta, Batiscafo, que no sé por qué en diferentes años de la Declaración las casillas cambian de número, y puede ser que sea esto el error entre nosotros a la hora de expresarnos. Ya te digo que en la declaración de la Renta de 2014 Hacienda me devolvió 96 euros, en ningún caso fueron 3000 euros.
Un saludo cordial y muchbísimas gracias!!