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IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

13 respuestas
IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad
IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad
#1

IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Hola, os cuento, resulta que mi abuelo era titular de unas tierras (a su bvez eran propiedad de su padre aunque no consta herencia ninguna por parte de su padre) y al fallecer y tampoco dejar herencia por escrito, fue mi padre el que se hizo cargo del IBI de estas propiedades aunque el titular seguía siendo mi abuelo. Posteriormente, falleció mi padre, y fue mi madre la que se hizo cargo de todos los impuestos.
Mi pregunta es, si mi madre tiene la obligación de pagar el IBI de propiedades que no son suyas ni van a poder serlo puesto que siguen a nombre de mi abuelo y este no dejó herecia por escrito. ¿Qué pasaría si dejara de pagarlo? ¿Podrían embargarle?.
Espero haberme explicado con claridad.
Gracias.
Un saludo.

#2

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Digo yo que embargarían al propietario actual de las tierras.

Porque se supone que el titular que figura en los recibos, ya ha fallecido.

Un saludo.

#3

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Buenos días,
entiendo que la responsabilidad la tiene el titular, así que mira bien en el registro a quién le corresponde. Y si no tienes derechos digo yo que tampoco tienes obligaciones. No tendría sentido.
Un saludo.

#4

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

El que tiene la obligación de pagar ese IBI es el/los heredero(s) del abuelo, es decir, tú y tus hermanos si los hay y tu madre, dependiendo de si tu padre dejó testamento o no, en distinta proporción. Ya que aunque no dejara testamento, tu padre aceptó tácitamente la herencia del abuelo, entre otras cosas, pagando el IBI que correspondía, así que fallecido tu padre, heredais por transmisión tú y tus hermanos...
El Ayuntamiento no va a estar esperando a que los herederos regularicen la situación del inmueble y buscará a los herederos del titular, remontandose o avanzando las veces que sea necesario. Si no teneis intención de pagar, lo mejor que podeis hacer es renunciar a esa herencia.

Un saludo

#5

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

#6

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Muchas gracias por la respuesta.
Un saludo

#7

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

El problema es k como no se hizo testamento desde tiempos de mi bisabuelo, los propietarios seriamos todos los descendientes de el, pero el ibi lo paga mi madre pq ha ido pasando de padre a hijo.

#8

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Es k en la herencia de mi padre no constan esas propiedades ya k siguen a nombre de mi abuelo. Como renunció a esas tierras si no me pertenecen a mi?? Uff! Que lío!!

#9

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Pues entonces tendríais que pagarlo los descendientes propietarios.

Me imagino que algún heredero las explotará y sacará un rendimiento. Que se encargue el de pagar los impuestos y poner de titular a quien corresponda.

Un saludo.

#10

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Gracias por tu atención. Creo k nos va a tocar pagar por los siglos de lis siglos. Encima no podemos cambiar el titular del propietario pq nopodemos demostrar k mi abuelo se lo dejaba a mmi padre

#11

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Además no podemos venderlas ni hacer nada pq tampoco son solo nuestras.

#12

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Pero, ¿no sacáis ningún tipo de rendimiento de ellas? ¿Alguien que las cultive?

Un saludo.

#13

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

Si, pero son mas los gastos k los beneficios.

#14

Re: IBI a cargo de persona diferente al titular de la propiedad

En algún momento, alguien tendrá que poner en orden ese asunto, por ejemplo para venderlas. Se va al notario y se hacen una serie de trámites para poder heredar directamente desde el bisabuelo. Otra cosa es que no interese económicamente el gasto y tiempo que eso supone por el valor de las tierras.
Lo que quizás debíais intentar es compartir los gastos con los otros herederos, salvo que seáis los únicos que les sacáis beneficio y/o les importen.

Un saludo