Re: Preguntas frecuentes de la declaración de la Renta 2015 (IRPF campaña año 2016)
Un millón de gracias!!!
Un millón de gracias!!!
Buenos días Javi, tendrás que hacerlo con el programa RENTA WEB y si que puedes hacerla conjunta ya que el resultado os sale mejor. Si la hacéis conjunta tienes que poner la hipoteca al 100% y tus ingresos como rendimientos del trabajo. El importe de la pensión absoluta no tribuya:
No se tiene que tributar en IRPF por las cantidades obtenidas por una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez obtenidas por la Seguridad Social.
Saludos,
Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/
Muchas gracias amparo así lo haré un saludo.
Buenas tardes,
Os informo:
En la declaración de la Renta de 2013 declaré pérdidas:
Por la transformación de obligaciones subordinadas en acciones.
Quedaron para compensar en la base imponible del ahorro, en los 4 ejercicios siguientes:
100,47€ (casilla 370).
Por la venta de las acciones obtenidas.
Quedaron para compensar en la base imponible general, en los 4 ejercicios siguientes:
1.243,38€ (casilla 367).
El juez estimó mi demanda y el 07/05/2015 se ingresó en mi cuenta la suma total de las dos pérdidas (la de la transformación de las obligaciones acciones y la de la venta de las mismas), en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
Mi duda:
Parece ser que por un cambio de criterio de Hacienda, he de integrar, las dos cantidades pendientes de compensar, en la base imponible del ahorro. Es decir: no solo los 100,47€ que estaban destinados a serlo (casilla 370), sino también los 1.243,38€ que, en su momento, tenían que compensarse en la base imponible general (casilla 367).
Por el contrario, la totalidad de la indemnización que me ha concedido el juez, que corresponde a dos orígenes distintos y por lo tanto con un tratamiento fiscal diferenciado en su origen, debo incluirla en la base imponible general. Eso es lo que tengo entendido. No parece lógico.
Vaya por delante mi agradecimiento por vuestra inestimable ayuda. Y mis afectuosos saludos.
Buenas noches.
El año pasado tuve más pérdidas que ganancias en mis transmisiones de acciones y CFDs.
Sin embargo, y tras haber agregado manualmente todas ellas al programa padre, veo que el resultado de mi declaración es prácticamente igual que si sólo hubiera metido los datos fiscales sin más.
¿Es esto normal o estoy haciendo algo mal?
¿Sólo puedo compensar mis pérdidas con ganancias o cuál es mi error?
Muchas gracias
Buenos días. Mi duda es la siguiente:
Tengo unas retribuciones dinerarias procedentes del trabajo de tres meses como "agente comercial en prácticas" donde no estuve dada de alta como autónoma. No se si esa cantidad debo meterla como Rendimientos del Trabajo en vez de Actividades Económicas. En el caso de que sea como Actividades Económicas, ¿en qué casillas iria?
Muchas Gracias
Buenos días.
Perdonad si la pregunta es muy básica.
En el programa padre, en los datos identificativos tengo cubiertos mis datos y los de mi cónyuge. Pero aparece también para rellenar el representante, con un asterisco que indica: (*) para la declaración conjunta el dato se reflejará desde este tipo de declaración.
Si estoy haciendo yo la declaración,¿tengo que poner mis datos?,o ¿dejarlo en blanco?.....
Gracias y un saludo
Hola Ivan, estos datos son en el caso de que algún contribuyente tenga representante legal, no se si este es tu caso. Saludos,
Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/
Gracias Amparo. No, no es el caso. Lo dejaré en blanco.
Saludos
Buenas tardes,
Mi pregunta es la siguiente. Tengo un familiar. Que en los datos identificativos que tiene Hacienda de él. En lo referente a su nombre. Le aparece correctamente. Salvo el segundo apellido donde, donde debería de haber una N aparece una M.
eso llevará así siempre y nos dimos cuenta ahora.
es significativo? Deberia de correfirlo.O se puede dejar así. Me han dicho que no es importante.
saludos.
Quería hacer una pregunta relacionada con la deducción de vivienda habitual, yo tengo el 50% de la vivienda habitual mía y mis padres un 50%, en los ingresos realizados durante el año hemos aportado un total de 11088,48 correspondientes al capital mas intereses, de los cuales yo he aportado 8388,48€ y mis padres 2700€, puedo deducirme por los 8388,48 que he aportado y están justificados en el banco en ingresos y mis padres por el resto?, por otro lado el seguro de hogar es 184€ también se podría meter si lo pago yo.
Gracias.
Interfiere el hecho de haber sido condenado a una multa económica por un delito leve en el retraso en la devolución de la renta? La condena fue en 2015 y el pago se realizó en 2016. Gracias de antemano.
No debería de interferir, más aún si la has pagado.
Si nos queréis acompañar en las dudas y en la espera de la devolución, uníos al grupo de facebook HACIENDA NO SOMOS TODOS. (En mayúscula). Seréis bienvenidos.
Hola Amparo buenas tardes.
Este año se me ha complicado mucho la declaración ya que tengo que hacer varias complementarias y para colmo con los cambios fiscales del 2015, se complica aún más y por más que leo, sigo con dudas.
A ver si por favor me puedes ayudar.
Tengo que hacer una declaración complementaria del 2013 por haber percibido en el 2015 unas rentas de trabajo atrasadas, interese moratorios y costas en sentencia firme del 2013.
Tengo minusvalías por la compra y venta de acciones del 2011 y 2012 pendientes de compensar. En el 2013 estas minusvalías corresponden a la base imponible del ahorro.
En el 2013 tengo plusvalías por la venta de acciones a menos de un año, base general.
Preguntas:
1.- ¿De qué forma puedo compensar las plusvalías del 2013 si corresponden a la base imponible general (< 1 año) y las minusvalías a la base del ahorro?
2.- ¿Puedo compensar los intereses de demora y las costas procesales que corresponden a la base del ahorro con las minusvalías de la venta de acciones del 2011 y 2012 que también corresponden a la base del ahorro?
3.- ¿Puedo compensar los interés bancarios de cuentas corrientes y depósitos con las minusvalías de la venta de acciones del 2011 y 2012 que también corresponden a la base del ahorro?
4.- ¿Hay alguna forma de compensar con estas minusvalías (base ahorro) el 10% de la renta de trabajo (base general) del 2013?
Con respecto al 2015, las dudas son muy similares. Suponiendo que pueda compensar en el 2013 con las minusvalías del 2011, 2012 (base del ahorro), todavía quedaría pendiente de compensar una cantidad importante. Aparte quedarían pendientes de compensar minusvalías del 2014 de la base general < de un año.
Preguntas:
5.- ¿Con la nueva reforma fiscal hay alguna forma de compensar con estas minusvalías hasta el 10% de las rentas de trabajo del 2015?
6.- ¿Puedo compensar los interés bancarios de cuentas corrientes y depósitos con las minusvalías de la venta de acciones del 2011 y 2012 que también corresponden a la base del ahorro?
7.- ¿Puedo compensar las plusvalías de la compra y venta de acciones del 2015 con las minusvalías de la venta de acciones del 2011,2012 (base ahorro) y 2014 (base general)?
Muchísimas gracias por tu ayuda y asesoramiento.
Saludos