Salarios atrasados - Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
Buenas tardes,
He cobrado de fogasa a principios de 2016 salarios atrasados de diciembre de 2012 y enero, febrero y marzo 2013. Que fueron establecidos en sentencia firme del año 2014. tengo 2 dudas:
1ª) Tendre que presentar la declaración complementaria del año 2014 ya que es por sentencia firme de 2014, O al ser salarios 2012 y 2013, la complementaria de esos años?.
2º) La ley habla de una reducción del 30 % período de generación superior a dos años. Es aplicable en mi caso. No se a que se refiere con período generación superior a dos años?
muchas gracias de antemano.