Valores catastrales revisados o no/ Imputación de rentas ( aplicación de un 2%)
La agencia tributaria se las ingenia para sacarnos más dinero, en este caso con el tema de la revisión de los valores catastrales de los inmuebles.
Mientras que en el ejercicio irpf 2014 decían que si habían sufrido algún tipo de modificación posterior a 1994 se consideraban "revisados", ahora en el irpf 2015 dicen que tienen que haber sufrido algún tipo de revisión, modificación o determinado mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general que haya entrado en vigor durante el ejercicio o durante los 10 años anteriores.
Pues se da el hecho que mientras en el ejercicio 2014, en los datos fiscales, me constaba como "Revisados" (el ayuntamiento desde 2014 ha ido subiendo en un 10% anual dichos valores), en este ejercicio irpf 2015, en los datos fiscales me consta como "no revisado". Si pongo en la casilla como no revisado aplican un 2% al valor catastral en vez de un 1,1%.