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Cesion gratuita de vivienda a familiar

16 respuestas
Cesion gratuita de vivienda a familiar
Cesion gratuita de vivienda a familiar
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#1

Cesion gratuita de vivienda a familiar

Buenos dias!! En caso de cesión gratuita de vivienda a un hijo, ¿puede entender hacienda que hay rendimiento de capital inmobiliario si la luz y el agua esta a nombre del propietario pero domiciliado en cuenta de hijo? Se esta declarando hasta ahora como imputación de renta porque es gratuito...Muchas gracias a todos.

#2

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Renta imputada o alquiler a familiar por el importe de la renta imputada. Viene a ser lo mismo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Bueno, es que el propietario no está obligado a declarar, pero si es renta por capital inmobiliario si...por eso la pregunta

#4

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Pues entonces que no se lo alquile, sino que simplemente le permita vivir en él sin obtener renta alguna.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

No, si no se le alquila. Sólo paga luz y agua pero los recibos están domiciliados a la cuenta del hijo, yo entiendo q no estan repercutidos y no son renta.

#6

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Yo creo que a Hacienda le da igual a nombre de quien estén los recibos, o quien los pague. Si el piso no está cedido legalmente al hijo, ni es usufructuario por mandato legal, ni media contrato de alquiler entre entre ambos:

- Padre: Si no es su residencia habitual éste deberá imputar las rentas inmobiliarias correspondientes como inmueble "a disposición de sus titulares". Si con esta información, y el resto que compone su declaración de la renta, no está obligado a declarar, no presenta el impuesto.
- Hijo: Si es su residencia habitual deberá declarar ésta como "Titularidad (clave) 4 Otras situaciones".

A ver qué opina el compañero Juan Lackland.

#7

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

La duda es si los rendimientos declarados por el padre se consideran imputación de rentas inmobiliarias (artículo 85) o rendimientos de capital inmobiliario (artículo 24).

Si es el primer caso, no estaría obligado a declarar.

Pero si se considera el segundo, es donde no lo tengo claro.

Según al artículo 96 del IRPF:

(...)
2. No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:
(...)
c) Rentas inmobiliarias imputadas en virtud del artículo 85 de esta ley(...)

Pero es posible que mis dudas sean poco consistentes y esté equivocado.

Un saludo.

#8

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Muchas gracias por vuestras respuestas. Yo creo que al no haber repercusión no integra la base de la renta, y no hay renta, como ocurre aplicado al Iva..seria imputación como ha explicado Ravel.No se si me explico.

#9

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Por lo que yo entiendo, el padre debe imputarlo como renta inmobiliaria (equivalente a una segunda residencia para él). Si el padre selecciona clave de uso "A disposición de los titulares" se desactiva la casilla para reflejar el importe de los rendimientos.

No creo que el pago de los recibos de suministros por parte del hijo suponga al padre rendimientos del capital inmobiliario, pues no está sacando beneficio por ello.

Por otro lado, en relación al artículo que indicas, no deben declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de rentas inmobiliarias imputadas. Pero desconocemos si el padre trabaja, o recibe alguna pensión o prestación por desempleo. Simplemente se nos indica que no está obligado a declarar, pero no porque sólo reciba rentas derivadas de la imputación de rentas inmobiliarias.

Por eso yo indicaba en relación a la declaración del padre que "si con esta información, y el resto que compone su declaración de la renta, no está obligado a declarar, no presenta el impuesto".

#10

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Efectivamente Ravel, no está obligado porque lo dice el borrador, tiene rendimiento de trabajo y imputaciones que no superan los 1000€, y nada más. Un saludo

#11

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Yo creo que es renta imputada y no rendimiento del capital inmobiliario por lo siguiente: si el padre reside en esa vivienda y le permite vivir al hijo (lo cual puede ser hasta obligatorio) no hay ninguna de las dos cosas, ni imputación porque el propietario vive allí ni rendimiento. Si el padre se va de la vivienda y lo demás sigue igual, habrá renta imputada.
Eso sí, el hijo sólo tiene derecho a residir allí, no tiene ningún otro derecho que pudiera tener si fuera inquilino.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Sobre tu primer párrafo.

La vivienda no está "A disposición de los titulares"porque está cedida a un familiar, por lo que se puede interpretar que se obtiene un rendimiento de capital inmobiliario al que hace mención el artículo 24.

Y estoy hablando de una mera conjetura de que la Agencia Tributara tenga la mala idea de optar por mi "ocurrencia".

Sobre todo lo demás, estoy de acuerdo.

Un saludo.

#13

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

A este respecto hay por ahí una consulta vinculante creo que de un local cedido a una hija para un negocio. Que dice que es imputación de renta si se demuestra que es gratuita y la figura jurídica es comodato (por que en este caso se restituía la cosa en un plazo).

#14

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

No te preocupes mucho, que seguramente yo esté equivocado.

Y si el dato no tiene mucha repercusión fiscal, es muy posible que pase desapercibido.

Dices en comentario 10 que la suma de rendimientos de trabajo personal y de capital (inmobiliario) no superan los 1.000 euros. Por tanto, la obligación de presentar declaración no existe.

Un saludo.

#15

Re: Cesion gratuita de vivienda a familiar

Pues creo que tienes toda la razón y podrías aplicar lo que se indica en esa consulta a la que te refieres que supongo que es la V0425-08:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=10865&Consulta=.EN+NUM-CONSULTA+(v0425-08)&Pos=0&UD=1

Conforme a los preceptos citados, si se prueba que la cesión del local se realiza de forma gratuita, el cedente no obtendría por tal cesión rendimientos del capital inmobiliario pero sí debería efectuar la imputación de rentas inmobiliarias establecida en el artículo 87, ya que se trataría de un inmueble urbano que no genera rendimientos del capital inmobiliario.

Muchas gracias por la aclaración.

Un saludo.